Así lo acordó la sala de lo penal del TS en una sentencia, en la que estima parcialmente el recurso del acusado contra la resolución dictada en enero del año pasado por la Audiencia Provincial de Madrid.
Rebajan la condena porque acuerda que no se le aplique al procesado la circunstancia agravante de alevosía. El hombre es condenado por asesinato en grado de tentativa en concurso con un delito de allanamiento de morada.