La decisión del CGPJ, adoptada por unanimidad por su Comisión Permanente, se produce después de que el Alto Tribunal haya rechazado archivar la querella en la que investiga a Garzón por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo y admitiera otra en relación con los cobros recibidos del Banco Santander durante su estancia en la Universidad de Nueva York.
Según informaron a Efe fuentes del órgano de gobierno de los jueces, la Comisión Permanente ha remitido a la Fiscalía General del Estado los autos dictados por el Supremo en relación a ambas querellas a los efectos previstos en el artículo 384.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Este artículo establece que cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra un juez por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, el juez o tribunal que conociera de la causa lo comunicará al CGPJ, “quien hará efectiva la suspensión, previa audiencia del Ministerio Fiscal”.
En su informe, que según las mismas fuentes no es vinculante, el fiscal previsiblemente se opondrá a la suspensión de Garzón, ya que la postura mantenida hasta ahora por el Ministerio Público –según recordaron ayer fuentes de esta institución– es que el juez no ha cometido delito de prevaricación en ninguno de los dos casos.
El criterio seguido hasta ahora por el Consejo era el de acordar la suspensión de un juez contra el que se siga una causa penal sólo si la Fiscalía ejerce la acusación contra él, y el Ministerio Público no lo hace contra Garzón.
Por ello, si finalmente el Consejo General del Poder Judicial decide suspenderle cautelarmente, sería la primera vez que lo hace por una querella de parte que no es respaldada por el fiscal y sin haberse dictado contra el juez auto de procesamiento.
El juez de Murcia Fernando Ferrín Calamita fue suspendido en el año 2008 después de que fuera admitida la querella presentada contra él por retrasar el expediente iniciado por una mujer para adoptar a la hija de su compañera sentimental.