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Una familia valenciana denuncia a la ONCE por no pagarle un premio de 400.000 euros

El cupón fue el regalo de una madre, pero la ONCE "ha negado el premio a la beneficiaria tras hacerle firmar un documento al marido sin explicarle" qué era

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  • Quiosco de la ONCE. -

Una familia valenciana ha iniciado un litigio contra la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) por un cupón premiado con 400.000 euros en el sorteo del pasado 1 de enero que inicialmente no ha podido ser cobrado porque quien acudió a reclamar el premio estaba inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ).
En un documento con las cláusulas en letra minúscula, el firmante declaraba que era titular del citado cupón, sin posibilidad de modificar la titularidad más tarde, todo ello a sabiendas de que el marido de la agraciada se encontraba inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Jue
Según ha informado el abogado valenciano Salvador Pérez Alonso, que representa a la citada familia, el cupón fue el regalo de una madre a su hija, pero la ONCE "ha negado el premio a la beneficiaria tras hacerle firmar un documento al marido sin explicarle en qué consistía".

"En un documento con las cláusulas en letra minúscula, el firmante declaraba que era titular del citado cupón, sin posibilidad de modificar la titularidad más tarde, todo ello a sabiendas de que el marido de la agraciada se encontraba inscrito en el RGIAJ", añade este abogado.

Este letrado expone, además, que la vendedora del cupón en cuestión corrobora la versión de esta familia, es decir, que la persona que lo compró fue la suegra, y lamenta que "la ONCE busque habitualmente cualquier resquicio legal para no pagar un premio ganado legítimamente, lo cual dista mucho de su carácter social y finalidad sin ánimo de lucro”.

Por el contrario, fuentes de la ONCE consultadas por EFE sostienen que, efectivamente, quien fue a cobrar el cupón premiado estaba inscrito en un registro de personas que no pueden jugar ni cobrar premios, y explican que no es la primera vez que se encuentran con una situación similar.

Insisten, asimismo, en que "la persona que se presentó con el cupón en la mano en su propio nombre y con su DNI constaba en el RGIAJ y tenemos la obligación legal de no pagarle -subrayan-".

"Hay que tener en cuenta -añaden desde la ONCE- que un cupón premiado es como un cheque al portador y que cuando alguien viene a cobrar lo ha de hacer en su nombre y con su DNI".

En España hay unas 50.000 personas inscritas en este registro, que normalmente es de aplicación en salas de juego, casinos, o a la hora de jugar por internet, "pero de vez en cuando sucede esto", señalan las fuentes de la ONCE consultadas, que recuerdan que en los últimos tres años han obtenido cinco pronunciamientos judiciales a su favor por casos similares.

"Quienes se consideran afectados pueden, obviamente, acudir a los tribunales, y si se les da la razón estaremos encantados de pagarles", concluyen.

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