En declaraciones a los periodistas en Cádiz, Cruz Villalón ha explicado que la referida sentencia viene a anular el PGOU chiclanero de 2007, asumiendo el fallo emitido en 2009 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y desestimando, por tanto, los recursos presentados tanto por el Consistorio de Chiclana como por el Gobierno andaluz.
La decisión del Supremo se conoció este jueves en la Consejería, donde aún está siendo analizada. En cualquier caso, ya está prevista para la semana próxima una reunión entre técnicos de la Junta y del Ayuntamiento a fin de encontrar soluciones que, "dando cumplimiento a la sentencia, eviten que se paralicen las actuaciones en la ciudad".
Preguntada por la afección de esta medida al proceso de regularización de 15.000 viviendas ilegales en el municipio, la consejera ha aclarado que también se ve afectado, ya que la sentencia "afecta al Plan General en su conjunto".
Finalmente, ha subrayado que la Administración andaluza dará "todo el apoyo técnico" al Ayuntamiento para que se encuentre una solución y haya un nuevo PGOU "a la mayor brevedad posible".
El Supremo rechaza los recursos contra la anulación del PGOU
Como se esperaba, el Tribunal Supremo (TS) apoya la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) del 13 de enero de 2009 que anulaba el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobado de forma definitiva por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz el 23 de marzo de 2007 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 4 de mayo de ese año.
La sentencia del Supremo, dada a conocer ayer por el alcalde, Ernesto Marín, y el delegado municipal de Urbanismo, Andrés Núñez, rechaza los recursos de casación presentados ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS por parte de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Chiclana contra la sentencia del 13 de enero de 2009 del TSJA.
Esta nueva sentencia se suma a las otras que también anularon los planeamientos aprobados en 2003 y 2005. La redacción de los tres PGOU anulados ha supuesto un coste de unos 3,6 millones de euros para las arcas municipales y al que hay que sumar los 700.000 euros presupuestados para la elaboración del nuevo plan.
Una vez que la sentencia sea notificada a la Junta y al Ayuntamiento, “calculamos que entre 10 o 15 días”, indicó Marín, Chiclana dejará de tener un planeamiento urbanístico en vigor y tendrá que regirse por las normas subsidiarias aprobadas en 1987.
Prácticamente toda la tramitación de nuevas licencias así como los nuevos planes de promotores y propietarios quedarán en suspenso hasta la aprobación del nuevo PGOU, que ya redacta la empresa Territorio y Ciudad y que desde Urbanismo calculan que a finales de año se podrá contar con el documento para su aprobación inicial y en unos 18 meses, para su aprobación definitiva. Chiclana estará sin PGOU hasta principios de 2013, “en el mejor de los casos”, matizó el alcalde.
Hasta entonces, entre 30 y 40 millones de metros cuadrados de los 205,45 kilómetros de superficie del término municipal de Chiclana de la Frontera estarán fuera de las normas subsidiarias y, por lo tanto, no se podrán desarrollar. En esta situación se encuentran las Áreas de Gestión Básica (AGB), excepto la de la avenida del Mueble, donde se ubican la mayoría de las viviendas irregulares, ilegales y fuera de ordenamiento. Las actuales ordenanzas para las AGB no podrán aplicarse desde la entrada en vigor de la sentencia del Supremo. El alcalde ya ha anunciado que en este caso “avanzaremos unas nuevas ordenanzas”.
Solución intermedia
Ante la situación que se le viene encima, el Gobierno municipal espera que en la reunión con la Junta de Andalucía prevista para la próxima semana, donde en un principio se iba estudiar la adecuación del nuevo PGOU a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y al Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) y al de la Bahía de Cádiz, “consigamos elaborar algo intermedio entre las normas subsidiarias y el nuevo PGOU”, apuntó el delegado municipal de Urbanismo. Según Núñez, esta alternativa tendrá que “dar soluciones a determinados aspectos para que sigamos viviendo urbanísticamente”.
“No ha lugar a los recursos interpuestos”
El texto de la sentencia del Tribunal Supremo, ante la que no cabe recurso, especifica en su apartado de “fallamos” que “debemos declarar y declaramos que no ha lugar a los recursos interpuestos por el letrado de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el procurador Isacio Calleja García, en nombre y representación de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, contra la sentencia pronunciada con fecha 13 de enero de 2009 por la sección segunda de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en los recursos contencioso-administrativos acumulados números 516 y 576 de 2007”.
Estos recursos han sido sostenidos por la entidad Barberá Moreno SL contra el acuerdo que supuso la aprobación definitiva del PGOU por parte de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz el 23 de marzo de 2007.