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Sevilla

Absuelto un chamán que curaba con besos en la boca y tocamientos sexuales

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un chamán que fue juzgado por abuso sexual de cinco mujeres a las que dio besos en la boca, introdujo dedos en la vagina y mandó desnudarse como parte de sus terapias curativas

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La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un chamán que fue juzgado por abuso sexual de cinco mujeres a las que dio besos en la boca, introdujo dedos en la vagina y mandó desnudarse como parte de sus terapias curativas.

Una sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, recoge que el acusado C.C.S.M., un ciudadano peruano de 59 años que ejerce como chamán, acudió en julio y septiembre del 2010 a Sevilla para dar charlas y aplicar su tratamiento.

La Fiscalía de Sevilla pidió para él once años de cárcel por cinco delitos de abusos sexuales, uno de ellos con penetración vaginal, tras la denuncia de otras tantas mujeres que acudieron a la consulta que el acusado abrió en Mairena del Aljarafe (Sevilla).

Según la sentencia, a una de las mujeres le hizo tocamientos en la zona genital y le dio un beso en la boca con introducción de la lengua, a otra le metió un dedo en la vagina y le besó los genitales y a otra la abrazó como parte de su terapia, a la vez que le decía que su novio "no era hombre para ella, que no le hacía sentir mujer".

A una joven que acudió con su novio a la consulta primero le hizo tocamientos por todo el cuerpo, luego le hizo pasar a otra habitación, donde le pidió que se tumbara en la cama, que llorase y que se quitase el pantalón "para desbloquearle la pelvis", tras lo cual repitió los tocamientos.

A otra paciente, masajista profesional, el acusado le metió la mano por debajo del pantalón y le tocó la ingle, y cuando la mujer le preguntó "¿usted me ha tocado?", el acusado respondió "que tenía un tapón en su sexualidad que debía liberar", según la sentencia.

Los jueces no dudan del contenido libidinoso de los tocamientos, que se realizaron sobre mujeres que "llamaban la atención" al acusado en función de sus gustos personales, pero le absuelven de todos los delitos porque las víctimas eran mujeres adultas "con capacidad de autodeterminación en el ámbito sexual" y no mostraron ningún tipo de rechazo a sus prácticas.

Por tanto, no se trató de "supuestos claros de actos sexuales inconsentidos", según la sentencia.

Es posible que el procesado, por su poder de sugestión, "embaucase o condicionase los comportamientos" de las mujeres con la promesa de que sus terapias iban a "liberar tensiones", pero en las circunstancias en que se produjeron los hechos no llegaron "al extremo de anular o disminuir severamente la conciencia de lo que ocurría", según el fallo.

Por ello, esa "mera pasividad" solo podía ser interpretada por el acusado "como asentimiento", añaden los jueces.

El acusado negó en el juicio haber practicado sexo oral o introducción de dedos, aunque reconoció los tocamientos como parte de su trabajo y "haber realizado succiones o absorciones para la liberación de esos puntos energéticos", pero nunca en el sexo porque "no resulta necesario".

Junto a la pena de cárcel, el fiscal pidió para las mujeres indemnizaciones de 3.000 euros, 1.500 y mil euros.

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