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Sevilla

Condenan a un conductor ebrio que invadió una vía férrea

Causó 14 heridos

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Un joven que conducía borracho ha sido condenado a un año de cárcel y a pagar 721.894 euros de indemnizaciones por invadir con su coche BMW las vías de un tren, lo que provocó su descarrilamiento y heridas a 14 personas.

El acusado I.O.M., entonces de 25 años, circulaba sobre las 21 horas del 12 de septiembre de 2004 por la carretera entre La Alcantarilla y Las Cabezas de San Juan (Sevilla) cuando se percató de la presencia de un control de la Guardia Civil y, para eludirlo, tomó un camino a la izquierda y continuó la marcha a gran velocidad por el campo y con las luces apagadas.

El conductor fue perseguido por la Guardia Civil haciendo uso de sus sirenas pero no se detuvo "en ningún momento" y continuó la marcha a gran velocidad hasta que se empotró contra un talud de la plataforma férrea Sevilla-Cádiz en el kilómetro 39,8, según la sentencia del juzgado penal 8 de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe.

El vehículo fue arrollado por un tren que circulaba por la vía férrea, compuesto por seis vagones de viajeros, y como consecuencia del choque 14 personas sufrieron heridas de diversa consideración y daños en sus pertenencias.

Además de la pena de cárcel, el conductor y su compañía aseguradora han sido condenados a pagar 686.088 euros a Renfe por los "cuantiosos daños" sufridos en los vagones afectados, traviesas, postes, contrapesos, cables de catenaria, balizas, lazos de cobre y fibra óptica, junto a los gastos derivados de la interrupción del servicio, supresión de trenes y traslado de viajeros.

Los 14 viajeros afectados serán indemnizados en 34.628 euros por las lesiones sufridas y en un total de 1.178 euros por el valor de sus gafas, bolsos, móviles y zapatos deteriorados en la colisión.

La mayoría de los lesionados sufrieron latigazos cervicales y esguinces y la más grave de ellas, U.Z.R., es indemnizada en 14.923 euros por agravamiento de su artrosis previa, tendinitis y limitación de la movilidad del hombro, lesiones de las que tardó en curar 185 días.

El conductor, que reconoció los hechos y aceptó la condena pedida por el fiscal y las acusaciones particulares, es condenado a un año de cárcel por 14 delitos de lesiones por imprudencia y a cuatro años de privación del permiso de conducir, además de una multa de 20 días con cuota diaria de 3 euros por una falta de desobediencia a la autoridad.

La única controversia del juicio se centró en la negativa de la compañía aseguradora del vehículo a hacerse cargo de las indemnizaciones, pues alegó que el accidente no estaba cubierto por la póliza al no ser un "hecho derivado de la circulación" dada la naturaleza del terreno por donde circulaba.

La juez, sin embargo, concluye que el Reglamento correspondiente define como hechos de circulación los ocurridos en "vías o terrenos públicos y privados aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, así como vías o terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común".

Precisa la sentencia que desde la primera declaración de I.O.M. ante la Guardia Civil se le imputó un delito contra la seguridad del tráfico pues reconoció que poco antes había consumido cocaína y alcohol y el juzgado de Utrera (Sevilla) le imputó tal delito en el auto de apertura de procedimiento abreviado, por lo que desde el primer momento la aseguradora supo que se trataba de un hecho de la circulación "dada la claridad de las normas aplicables".

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