El juez decano de Córdoba, José Carlos Romero Roa, ha destacado que la nueva Ley de Tasas Judiciales, que cumple ahora un año desde que se aprobó, tiene una mayor incidencia a la hora de presentar recursos de apelación antes que en la primera instancia, precisando que en lo civil, mercantil, social o contencioso administrativo en general hay "relativas subidas" en los asuntos, aunque cuando más se han notado los efectos de dicha ley ha sido cuando se implantó la reforma, según detalla.
En una entrevista con Europa Press, el representante de los jueces comenta que "la gente quiere una respuesta judicial" y lo que se ha notado es que "una vez que se tiene la respuesta judicial, si el recurso cuesta mucho dinero y se entiende que la decisión judicial no es demasiado descabellada y perjudicial a los intereses", pues se lo piensan.
A su juicio, "las tasas deben de tratarse desde un punto de vista objetivo", y a tal efecto, recuerda que los jueces decanos señalan "desde hace años" que "las tasas deben de introducirse", a lo que añade que "el Tribunal Constitucional (TC) ha declarado constitucionales las tasas", puesto que "si alguien utiliza un servicio público, que no es utilizado por todos, no es inconstitucional que se tenga que realizar un abono por ello".
De este modo, el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba resalta que "las tasas en sí no son inconstitucionales" y, por ende, destaca que no le parece "inadecuado" que "un ciudadano pague por un servicio que recibe".
No obstante, precisa que cuestión diferente es "la problemática desde el punto de vista de si las tasas son excesivas", dado que "parece que hay algunos supuestos que lo son y afectan al derecho a la tutela judicial efectiva", así como "si las tasas se pueden establecer en lo contencioso administrativo", porque, según ha señalado, "si se establecen tasas para una multa de cien euros es evidente que cuesta más el recurso que la propia multa, cuando el recurso del ciudadano ante las decisiones de los tribunales está reconocido por la propia Constitución".
Después pone de manifiesto otra serie de "problemas de la Ley en sí que se ha aprobado", y entre los que apunta que no entiende "por qué no se establecen tasas en penal, aunque sean escasas cuantías o simbólicas", cuando en dicho ámbito "están el grueso de los asuntos que entran en la administración de justicia".
Además, Romero Roa asegura que no comprende "por qué se han quitado las tasas en determinados procedimientos a las grandes sociedades, cuando son las que más utilizan la administración de justicia y más posibilidades tienen para hacer frente a las tasas", al tiempo que resalta que algo que también se ha demandado es que "el dinero que se recaude en las tasas vaya a la administración de justicia, después de haber sido la cenicienta durante muchos años".
LAS ESTADÍSTICAS E IMPORTES
En relación a las estadísticas en materia en primera instancia, el juez decano resalta que en lo contencioso administrativo, "según las previsiones, los asuntos van a subir en el año 2013" de manera destacada, después de que en 2012 se registraron 2.774 y la proyección es que finalice el año con unos 3.700.
En lo social, los asuntos que se registraron en 2012 fueron 5.582 y la proyección es "hacia arriba, aproximándose más a los 6.000, que a los 5.500 del año pasado"; en lo civil, "se aprecia una pequeña bajada", en total en 2012 fueron 19.610 y la proyección es alcanzar los 18.000, y en mercantil, "hay una subida en pico e importante", después de que el año pasado se registraron 614 asuntos y la proyección es de unos 850.
En cuanto a los importes, la nueva Ley de Tasas Judiciales contempla incrementos de entre 50 y 750 euros, según la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y con ella los ciudadanos deben pagar por primera vez la tasa en el orden Social y afrontar un coste de hasta 1.200 euros si quieren recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) en la vía Civil y Contencioso-Administrativa.
Al respecto, el togado señala que "el problema de las tasas no es tanto la cantidad fija", sino las cifras "variables" en relación al pleito que "pueden significar" números importantes, y, agrega, "en determinadas cuestiones, la tasa fija del recurso, como en el ámbito laboral o lo civil, puede parecer en algunos casos excesiva".
De todas formas, tras indicar que es "una cuestión jurídica de mucha discusión", considera que "las tasas en apelación son muy discutible que sean inconstitucionales", de hecho respaldadas por "muchas sentencias" del TC, dado que defiende que "se pueden establecer algunas limitaciones al acceso", opina Romero Roa.
En cualquier caso, el juez aboga por "intentar ver las tasas fuera del ámbito político", y argumenta que "no es tasas sí o no, sino tasas razonables y moderadas que deben ser abonadas por aquellos que tienen medios para abonarlas o tasas excesivas e injustas en sus criterios de aplicación".
EL PAPEL DE LA MEDIACIÓN
Por otra parte, el representante de los jueces cordobeses ha señalado que la Ley de Mediación se circunscribe más al ámbito "extrajudicial", aunque informa de que se ha puesto en marcha recientemente un programa en los juzgados de lo Penal número 4 y 5 "para intentar la mediación penal", que, a su juicio, "puede ser interesante en determinados asuntos", todo ello "sin perjuicio de que se pueda acoger en los demás juzgados de lo Penal".
Al hilo de ello, el titular del Juzgado de lo Penal número 2 considera que "la mediación es buena, si significa que disminuirá el número de asuntos que entren en el juzgado", para lo cual defiende que "debe estar regulada para que el acuerdo sea aprobado judicialmente y tenga determinada validez", si bien apunta que "son las partes las que tienen que ir a la mediación" e insiste en que "se debe desarrollar fuera del ámbito judicial", y ahí, agrega, "hay determinados problemas de desarrollo reglamentario que afectan a varios colectivos".