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Huelva

Desestimada la demanda de UGT contra la patronal sobre el convenio de hostelería

Desde el sindicato UGT sostenían que la patronal \"no denunció en tiempo y forma\" el convenio del sector de la hostelería

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El Juzgado de lo Social número 2 de Huelva ha desestimado "íntegramente" la demanda de UGT contra las Asociación Provinciales de Empresarios de Hostelería, Hoteles y Campings de Huelva y el sindicato CCOO, por lo que absuelve a la parte demandada.

   Según reza la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, contra la sentencia cabe recurso de suplicación en cinco días ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla.

   Así, hay que recordar que desde el sindicato UGT sostenían que la patronal "no denunció en tiempo y forma" el convenio del sector de la hostelería, --paso previo para la negociación de uno nuevo--, y que por tanto el mismo "sigue en vigor".

   No obstante, en la sentencia consideran como hecho probado que el día 12 de septiembre de 2012 la patronal presentó ante la Delegación Provincial de Empleo de Huelva el escrito correspondiente para denunciar el convenio, y posteriormente "llegó a la sedes de los dos sindicatos comunicación escrita" sobre este hecho. Esa denuncia "no fue admitida a trámite" por la Delegación por defectos de forma, por lo que la patronal "la volvió a presentar el día 20".

   Del mismo modo, recuerdan que los hechos permiten determinar que "UGT tenía conocimiento de la denuncia del convenio y que se dio por enterada de la misma hasta el punto de que el 1 de octubre de 2012 se constituyó la comisión negociadora a fin de elaborar un nuevo convenio", la cual a día de hoy no ha dado resultado alguno y en la que "UGT ha sido plena partícipe".

   En esta misma línea, remarcan que además de la constitución de la mesa negociadora "UGT fue partícipe de las sucesivas reuniones en las que se proponían una serie de acciones para desbloquear la situación de la negociación de un nuevo convenio colectivo de la hostelería en la provincia", y por tanto, "admitiendo la pérdida de vigencia del precedente". Por ello, incide la sentencia que la demanda de UGT debe ser "íntegramente desestimada".

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