El tiempo en: Huelva
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Sancionan a un guardia civil que daba el "agua" a vendedores con mercancía falsa

El Tribunal Supremo ha sancionado con la suspensión de empleo durante seis meses a un cabo del servicio de información de la Guardia Civil que, ante la llegada de la Policía Local, daba el "agua" o el aviso a vendedores con mercancía falsa en el mercadillo ambulante del Charco de la Pava

Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

El Tribunal Supremo ha sancionado con la suspensión de empleo durante seis meses a un cabo del servicio de información de la Guardia Civil que, ante la llegada de la Policía Local, daba el "agua" o el aviso a vendedores con mercancía falsa en el mercadillo ambulante del Charco de la Pava de Sevilla.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la sala militar del Supremo confirma la sanción impuesta al cabo primero de la Guardia Civil, que en el 2009 actuaba en el mercadillo vestido de paisano y que fue reconocido por un policía en el funeral del familiar de un superior en el que coincidieron.

El guardia fue defendido por un vendedor de etnia gitana al que identificó como su "jefe" porque pertenecía a la Asociación de Comerciantes Ambulantes (ACA), que le había contratado para ejercer de funciones de seguridad junto a un guardiacivil retirado.

En sus labores de "seguridad", el cabo avisaba a comerciantes que carecían de documentación o tenían mercancía falsificada, según recoge la sentencia del Tribunal Supremo.

El origen de la sanción se produjo el 7 de febrero de 2009, cuando dos policías locales ordenaron a varios comerciantes del Charco de la Pava que levantaran sus puestos porque había concluido el horario establecido.

Algunos de los vendedores, "especialmente los de origen rumano", les contestaron que para colocar sus mercancías habían pagado a dos hombres, uno de ellos el guardia retirado y el segundo el sancionado, que no se identificó como guardiacivil, y ambos explicaron que estaban ordenando el mercadillo y dependían de la asociación de comerciantes.

Pocos días después, uno de los policías coincidió con el agente en el sepelio del hijo de un subteniente del instituto armado, y ante su extrañeza, pudo saber que se trataba de un cabo primero del servicio de información y tras lo cual informó a sus superiores.

Hasta junio de ese año, agentes del servicio de información de la Guardia Civil investigaron en dos ocasiones al cabo primero y comprobaron que ejercía labores de control, seguridad y cobro de cantidades a los comerciantes que se instalaban en el mercadillo ambulante, para lo cual tenía una carpeta y disponía en ocasiones de un radiotransmisor.

Para cobrar el dinero, se dirigía a las partes traseras de los puestos o a los bares portátiles del Charco de la Pava, situado en la Isla de la Cartuja.

Tras una jornada de vigilancia, un teniente coronel le abordó y le pidió que le enseñara la carpeta que llevaba, en la que había folios con un croquis de los puestos ambulantes, 20 recibos de 4 euros cada uno, anotaciones del dinero pagado según puesto, mes y cantidad y las identidades de comerciantes con su DNI y teléfonos móviles.

El cabo primero le explicó a su superior que trabajaba en el mercadillo porque necesitaba los 50 o 60 euros que recibía cada día ya que estaba "cogido" con la hipoteca de la casa, y añadió que no creía que hiciera nada malo porque "no estaba trapicheando con droga ni nada".

Al percatarse de lo que ocurría, el jefe de los comerciantes se acercó al lugar, preguntó si había algún problema y fue informado de que su vigilante estaba con superiores suyos de la Guardia Civil.

Entonces el cabo dijo que tenía que hacer cuentas con el jefe de los comerciantes, de etnia gitana, lo que hicieron tras los coches "para no llamar la atención", y tras lo cual el expedientado entregó a su superior 585 euros.

La sanción, que en principio la Guardia Civil fijó en cinco años de suspensión de empleo y el Ministerio de Defensa rebajó a seis meses tras un recurso, se basa en una falta muy grave que el cabo cometió al desarrollar una actividad que vulnera las normas sobre incompatibilidades.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN