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TSJA aplaza su decisión sobre el PGOU de Carboneras hasta que el TS sentencie sobre el Algarrobico

Los colectivos Greenpeace, Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar impugnaron en 2010 el acuerdo de pleno de noviembre de 2009 por se aprobó este instrumento de planeamiento con el Algarrobico como suelo urbanizable

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no decidirá si anula o no la normativa urbanística municipal de Carboneras (Almería) que se aprobó en 2009 clasificando como urbanizable varios sectores del paraje del Algarrobico hasta que el Tribunal Supremo (TS) sentencie si es o no espacio protegido.

   No obstante sí ha admitido como prueba en el procedimiento, a petición del Ayuntamiento, los fallos del propio alto tribunal andaluz de 2014 en los que, por un lado, se declaró urbanizable el suelo sobre el que se levanta el hotel de Azata del Sol y dos sectores urbanísticos más, y, por otro, dictaminó que la licencia de obras era legal.

   Así consta en un auto, consultado por Europa Press, que atiende la petición de Greenpeace al suspender el plazo para dictar sentencia sobre el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Carboneras, con la finalidad de "evitar resoluciones contradictorias quebrantadoras del principio de seguridad jurídica".

   Los colectivos Greenpeace, Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar impugnaron en 2010 el acuerdo de pleno de noviembre de 2009 por se aprobó este instrumento de planeamiento con el Algarrobico como suelo urbanizable.

   Esta decisión le valió al entonces alcalde carbonero, el socialista Cristóbal Fernández, un apercibimiento del TSJA ya que este aún no había resuelto sobre el grado de protección medioambiental que debía darse al paraje, incluido en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar,.

   En concreto, le recordó que había medidas cautelares y le requirió para que se abstuviese de actuaciones urbanísticas en el paraje de El Algarrobico so pena de incurrir en un presunto delito de desobediencia al tiempo que le advertía de que cualquier ejecución sería "nula".

   La normativa urbanística impugnada por los colectivos conservacionistas se aprobó con informes favorables de la Junta de Andalucía. Uno de ellos, preceptivo y emitido por la Dirección General de Urbanismo de la Consejería andaluz de Vivienda y Ordenación del Territorio, comunicaba al Consistorio que el documento "no cumplía" con la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

   Así, desgranaba siete deficiencias además de aportar otras tantas consideraciones a la planimetría que adjunta el documento. Entre estas últimas, apuntaba que el sector ST-1 'Algarrobico' aparecía en lo enviado por el Ayuntamiento como suelo urbanizable ordenado, "debiendo estar clasificado como suelo urbano consolidado al contar con los requisitos que marca la LOUA, según la memoria justificativa".

   Cabe recordar que la pasada semana, el magistrado del Tribunal Supremo (TS) Rafael Fernández Valverde apuntó en el marco de unas jornadas celebradas en la provincia que el Alto Tribunal podría resolver el "galimatías jurídico" del hotel de Azata del Sol ubicado en septiembre con "cuatro sentencias de golpe que despejarán por fin la ya eterna pregunta, con continuos vaivenes en su respuesta, de si el hotel se derriba o abre al público", según dijo.

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