El tiempo en: Huelva

Provincia de Granada

El Supremo archiva la querella contra el juez que encarceló a los titiriteros

El auto dado a conocer este miércoles, del que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde, concluye que no existe atisbo de delito en la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ni en el auto acordando la prisión de los dos detenidos

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • El Tribunal Supremo -

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado la querella presentada por el partido  político Contrapoder contra el titular del Juzgado Central de Instrucción numero 2 Ismael Moreno, al que acusaba de prevaricar por haber ordenado el ingreso en la cárcel de Raúl García y Alfonso Lázaro, los dos titiriteros que permanecieron cinco días en prisión preventiva por enaltecimiento del terrorismo e incitación al odio en relación con una obra que interpretaron en los Carnavales de Madrid.

   El alto tribunal considera que el juez era competente y tenía facultades legalmente establecidas para tomar su decisión y que no hay motivos para pensar que la resolución dictada se apartara de los métodos usuales de interpretación jurídica. La querella también iba dirigida contra el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, y la fiscal Carmen Monfort March, que fue quien intervino en las actuaciones.

   El auto dado a conocer este miércoles, del que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde, concluye que no existe atisbo de delito en la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ni en el auto acordando la prisión de los dos detenidos.

   Del mismo modo, afirma que en este caso es evidente que el auto se ha dictado por quien era competente y tenía facultades legalmente establecidas para ello.

   La Sala  indica que se pusieron a disposición del juez en plazo legal unos detenidos a los que se les atribuía varios delitos graves, cuyos indicios de existencia estimó concurrente el auto de prisión. Asimismo, señala que no hay motivos para pensar que la resolución dictada se apartara de los métodos usuales de interpretación jurídica ni para apreciar dolo o culpa grave en el juez o los fiscales.

ERAN MEDIDAS PROVISIONALES

   Añade que en todo caso las medidas cautelares, por ser provisionales, pueden finalizar, como en el supuesto analizado, si cambian los presupuestos y circunstancias en que se adoptaron. En este sentido, recuerda que en este caso se produjo la puesta en libertad de los dos actores en días posteriores.

   En la querella, Contrapoder consideraba que los hechos imputables al juez Moreno supusieron la privación de libertad de dos personas y son mucho más graves que los que le valieron la inhabilitación, por ejemplo, a los exjueces Baltasar Garzón por ordenar escuchas de investigados en la "trama Gürtel" en prisión o Elpidio Silva, inhabilitado por prevaricar al enviar a la cárcel al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa".

   El escrito, elaborado por el abogado murciano José Luis Mazón, calificaba también  de "decisión esperpéntica" la adoptada por el magistrado de la Audiencia Nacional  respecto de los actores de la compañía "Títeres desde Abajo".

   Consideraba el autor de la querella que la obra trataba de las corrupciones del Estado y que no puede ser considerada de ciencia ficción, pues los personajes que aparecen, como un policía corrupto o un juez prevaricador son "perversiones que se dan en la realidad".

   Aducía el querellante que en su auto de prisión el juez Moreno "no se tomó la molestia" de contar todo el argumento de la función, que trata de poner en evidencia las corruptelas en cuatro poderes que rigen la sociedad como son "la propiedad, la religión, la fuerza del Estado y la Ley" y que no aparecen "monjas violadas" como señalaba el magistrado  Moreno en su auto de prisión.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN