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Huelva

Audiencia desestima el recurso de la acusación del crimen de Almonte que pedía la nulidad de las escuchas

La Audiencia considera "acertada" la posición de la instructora al determinar que la decisión sobre las invalidación de las escuchar solo puede corresponder al Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado

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La Audiencia de Huelva ha desestimado el recurso presentado por la acusación particular que ejerce la madre y ex pareja de las víctimas en la causa por el doble crimen de Almonte (Huelva), contra la negativa del instructor de anular las escuchas telefónicas.

Dicha causa hace referencia a la muerte de una menor de 8 años y su padre en el interior de su domicilio en abril de 2013.

Esta parte interesaba que se declarara nulos la Providencia del Juzgado de Instrucción número 1 de La Palma que acordaba que no había lugar a anular los audios y las transcripciones de las conversaciones telefónicas entre la madre y expareja de las víctimas y su letrada, al entenderse que no le correspondía, siendo el Magistrado Presidente del Tribunal sentenciador el que en su caso debía decidir sobre si tales actuaciones debían excluirse; y el auto posterior que la confirmaba.

La Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso Efe, considera "acertada" la posición de la instructora al determinar que la decisión sobre las invalidación de las escuchar solo puede corresponder al Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado.

En relación a la petición de nulidad parcial del Auto de 28 de Mayo de 2014 por el que se acordaba la intervención de los teléfonos de F.J.M. y esta mujer, recuerda la Audiencia que la instructora argumentaba que concurrían indicios suficientes para el dictado de tal resolución, desestimándose en definitiva las nulidades.

Señala, sin embargo, que al igual que ocurre con la otra cuestión, ésta también es "de competencia exclusiva del Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado.

Por consiguiente, concluye, "la invocada vulneración de derechos deberá ser resuelta en el momento procesal oportuno" e, insiste, "única y exclusivamente, por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado quien resolverá a la luz de las alegaciones que ahora se formulan, cuanto estime pertinente sobre las actuaciones que deben ser tenidas en cuenta en el enjuiciamiento de los hechos por los miembros del Jurado".

Parte de las conversaciones entre la madre y expareja de las víctimas y su abogada, cuya nulidad se solicita, salieron a la luz en enero; entre ellas, una que tuvo lugar en junio del 2014, un día después de que el acusado entrara en prisión y en la que cuestionan que existieran pruebas suficientes para achacarle la presunta autoría de los hechos.

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