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Huelva

Absuelto un matrimonio de Aljaraque acusado de estafar a su tía

Ambos se enfrentaban a penas de 8 años de cárcel por pasar a su nombre propiedades de la anciana valoradas en más de 85.000 euros

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  • Juicio -

La Audiencia Provincial de Badajoz ha absuelto a un matrimonio de Aljaraque acusado de estafar más de 85.500 euros a la tía anciana del marido pasando a su nombre distintas propiedades y fincas que ésta tenía en la provincia de Huelva.

Concretamente, ambos se enfrentaban a penas de 8 años de cárcel a solicitud tanto de la Fiscalía y la acusación particular y el pago de indemnizaciones que iban de los 85.500 a los 260.000 euros.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera que "no existen datos fácticos suficientes de los que se pueda inferir razonable y convincentemente la concurrencia en el hacer del acusado, un dolo específico de engañar -actuar sin el conocimiento, anuencia o voluntad de su tía en este caso- requerido por la figura delictiva aplicada", es decir, la estafa o, subsidiariamente, la apropiación indebida.

Se declara probado que la tía del acusado otorgó un amplio poder para gestionar todos sus bienes el 14 de abril de 2010, hallándose entonces y a la sazón en pleno uso de sus facultades mentales, en favor de éste, casado con la también acusada.

La anciana, que solía pronunciar frases en alusión al acusado como "su madre lo parió y yo lo crié", se ocupó de su sobrino a quien venía ayudando y tutelándolo de facto desde niño.

El acusado, junto con otros dos primos, e igualmente sobrinos de la mujer, se crió bajo dichos cuidados y protección de su tía, la cual entraría en conflicto con dichos primos produciéndose desavenencias que la apartarían de ellos definitivamente en 2009.

Sirviéndose del poder aludido, y con el conocimiento y anuencia de su tía, tras haberle hecho saber ésta que su intención era dejarle en herencia determinados bienes pero al mismo tiempo abonar la menor cantidad posible de dinero en impuestos, el acusado, tres años después, ante el notario de Huelva y suscribió sendas escrituras de compraventa adquiriendo la nuda propiedad de determinadas fincas propiedad de aquella; y sin que la suma de los mencionados bienes inmuebles constituyeran la totalidad del patrimonio de la mujer.

Coincidiendo con el agravamiento de una enfermedad que producía deterioro mental progresivo en ésta, fue instada y persuadida por el resto de los familiares -una vez llegó a conocimiento de estos los actos de disposición - al punto de llegar a revocar el poder al acusado en enero de 2015.

Sin embargo, como quiera que dichos familiares pretendían, al mismo tiempo, declararla incapaz, a lo que ella se oponía, aún con suficientes facultades mentales, acudió a un notario en Huelva, acompañada de una amiga, a dejar sin efecto la aludida revocación de poder en favor del acusado. 

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