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Sevilla

En marcha las primeras 165 multas por incumplir el estado de alarma

De esas 165, la Subdelegación del Gobierno en Sevilla ha emitido 126 graves, cuyas cuantías oscilan entre los 601 y los 3.001 euros

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  • Controles de tráfico en el estado de alarma. -

A partir de las denuncias formuladas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Subdelegación del Gobierno en Sevilla ya ha emitido el acuerdo de iniciación de 165 sanciones por  el incumplimiento de las medidas contenidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19. Del total de acuerdos de iniciación, 126 corresponden a sanciones graves.

La mayor parte de los procedimientos sancionadores son debidas a actos de desobediencia o resistencia a las órdenes de los agentes de la autoridad, así como transitar por vías públicas en los supuestos no previstos en el artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, eludiendo las restricciones relativas a la movilidad

Las denuncias formuladas por las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad superaban la semana pasada las 3.000, de las que 2.864 corresponden a propuestas de sanción de carácter grave. Estas propuestas, leves, graves y muy graves, se están procesando y examinando por parte de la Subdelegación del Gobierno para iniciar el correspondiente expediente sancionador.


El subdelegado el Gobierno en Sevilla, Carlos Toscano, ha agradecido la colaboración de los ciudadanos que actúan “con civismo” y que están cumpliendo las medidas quedándose en casa y acatando las recomendaciones para evitar contagios. También ha recordado que “no se tolerarán comportamientos irresponsables”, en la medida que muchas denuncias se han elevado tras reiterados avisos a los interesados.

Además, se aprecian reincidencias en la desobediencia, por lo que se están priorizando los incumplimientos reiterativos y las provocaciones y osadías.

Cuantías

La normativa establece sanciones en el ámbito administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades penales en las que se pueda incurrir.

Las cuantías de las sanciones que finalmente se puedan imponer dependerán de la tipología de la infracción y la gravedad de la misma (leve, grave o muy grave).

Las infracciones de carácter grave pueden conllevar sanciones de entre 601 y 3.001 euros. De los primeros 126 expedientes tramitados en Sevilla con infracciones consideradas graves, 156 conllevan sanciones de 601 euros, mientras que 11 de ellos, referentes a dos casos, tienen propuesta una sanción de 3.001 euros en proporción a la gravedad de los hechos.  

Una vez notificado el acuerdo, y de conformidad con lo establecido en el art. 54 de la Ley Orgánica 4/2015, el destinatario de la sanción dispondrá de un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a su recepción, para optar por una de las siguientes alternativas legales: el pago voluntario de la sanción de multa con reducción del 50% de su importe o bien la formulación de alegaciones, con la aportación de las pruebas que se estimen oportunas en el pazo de los 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación del acuerdo.

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