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Huelva

Cárcel y localización permanente por vejar y herir a su esposa ante sus hijos

El Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva lo ha condenado a nueve meses de prisión y 15 días de localización permanente

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  • Gente a las puertas de una sede judicial de Huelva. -

El Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado a un hombre a nueve meses de prisión y 15 días de localización permanente por lesionar y vejar e insultar a su esposa, vía Whatsapp y personalmente, delante del hijo de ella y de los dos que ambos tienen en común, todos menores.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que un sábado del mes de septiembre de 2015, tras regresar el matrimonio al domicilio común y en presencia del hijo de la víctima, se inició una fuerte discusión.

En el transcurso y con ánimo de atentar contra su integridad física, el acusado "la agarró fuertemente por el pelo y la empujó, golpeándose ésta con el pico de la lavadora en el ojo, lo que le provocó un hematoma, a pesar de lo que ella no acudió al médico ni denunció los hechos".

Ya en trámites de separación el matrimonio, el acusado empleando su teléfono móvil envió el día 30 de mayo de 2018 al móvil que tenía ella en aquel momento, varios mensajes por Whatsapp en los que trataba de menoscabar su honor y su imagen con términos como "torpe, borracha, drogadicta, cerda, traicionera, mala...", expresiones que era habitual que empleara contra ella en presencia de los hijos comunes y del de ella.

Se le considera responsable de un delito de lesiones sobre la mujer por el que se le impone 9 meses de cárcel, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años y prohibición de aproximación a menos de 200 metros y comunicarse con la mujer durante dos años; y de otro de vejaciones injustas por el que suma 15 días de localización permanente y orden de alejamiento y comunicación por seis meses.

El juez acuerda la suspensión durante dos años de las penas de prisión y días de localización permanente supeditado a que no cometa un nuevo delito, cumpla con la orden de alejamiento y participe en el programa formativo y/o educacional en materia de igualdad de género que le sea determinado. 

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