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TS ratifica tres años de cárcel a una pareja por apropiarse de casi 200.000 euros de su tía anciana

El fallo del Alto Tribunal considera que no ha lugar al recurso de casación interpuesto por la pareja y confirma la imposición de penas de 18 meses de prisión por sendos delito de apropiación indebida

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El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la condena a penas que suman tres años de cárcel impuesta a un matrimonio que se apropió de casi 200.000 euros de una tía anciana de la que cuidaba para adquirir un vehículo nuevo y varias fincas rústicas, así como para mantener sus cuentas bancarias con saldos elevados.

   El fallo del Alto Tribunal considera que no ha lugar al recurso de casación interpuesto por la pareja y confirma la imposición de penas de 18 meses de prisión por sendos delito de apropiación indebida al tiempo que les obliga a que devuelvan a la víctima la cantidad defraudada, que cuantifica en 190.360 euros.

   Coincide la Sala de lo Penal en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, con el criterio de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial y sostiene que si bien la víctima tenía demencia senil, no consta que se aprovecharan de esa circunstancia para que otorgara poder notarial a su favor aunque sí estima acreditado que se apoderaron de una gran parte de ese patrimonio "sin justificación alguna y en su propio y personal beneficio".

   Señala que el protagonismo correspondía a la sobrina de la anciana pero indica que su marido "cooperó activamente" al figurar también como titular de cuentas en las que se ingresaba el dinero de Fátima y como titular también de las fincas rústicas adquiridas.

   Según se recoge en el fallo, ambos decidieron en 2004 traerse desde el municipio de Premiá de Mar (Barcelona) a la tía de la mujer, de avanzada edad y que acababa de enviudar, para que conviviese con ellos ya que no tenía descendencia. En un principio, dispusieron de todos los bienes que ella poseía con el objetivo de atender sus necesidades.

   Sin embargo, con posterioridad, "guiados por el ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito e incrementar su patrimonio", se "aprovecharon" de que la anciana había firmado un poder notarial para poder realizar todo tipo de actuaciones en su nombre, comenzaron a operar en sus cuentas y depósitos bancarios.

   En concreto, según detalla, cancelaron una imposición a plazo fijo por valor de 113.238 euros y un fondo de inversión cuyo importe ascendía a 123.575,42 euros. Después, la acusada ordenó varias transferencias a una cuenta con titularidad compartida que sumaron 216.000 euros y que destinaron a la compra de un turismo y la adquisición de dos fincas rústicas.

   El tribunal de la Audiencia Provincial subrayó, no obstante, en su fallo que la anciana se encuentra "bien atendida" en el domicilio de su sobrina y su marido, donde, destaca, "disfruta de las reformas efectuadas en la vivienda por casi 26.000 euros y que le permiten la deambulación en silla de ruedas" por el interior.

   Al tiempo, señala que estaba en pleno uso de sus facultades cuando otorgó el poder pese a la demencia senil que sufre desde 2001 aunque reconoce que el dinero del que sus familiares dispusieron era "el total que tenía, llegando a dejar el saldo a cero con lo que colocaban a la anciana en una posición muy vulnerable".

"CREÍAN MERECER EL DINERO"

   La sentencia indica que la acusada cometió los hechos ante el temor de que otros sobrinos pudieran conseguir todo o parte de las cantidades depositadas en las citadas cuentas ya que ella "creía merecer", tras los cuidados prestados a la víctima, ese dinero. Por este motivo resolvió sacarlo "diluyendo su patrimonio".

   Sostiene, sin embargo, que quedó acreditado en juicio que ambos dispusieron para sí y en beneficio propio de las cantidades "distraídas" a su tía, quien, "con seguridad no lo habría dispuesto de esa forma por su libre y entera voluntad" y remarca el ánimo de lucró ya que el destino dado al dinero no fue en beneficio de la víctima.

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