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Andalucía

Sanidad da el primer paso para definir las otras enfermedades beneficiadas de la 'ley ELA'

Desde hoy y hasta el 9 de febrero, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren podrán realizar sus aportaciones al proyecto

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  • Biobanco del SSPA. -

El Ministerio de Sanidad ha iniciado este jueves una consulta pública previa a la elaboración del real decreto que desarrollará la ley ELA para definir qué otras enfermedades o procesos de alta complejidad e irreversibles se beneficiarán de sus prestaciones.

Desde hoy y hasta el 9 de febrero, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren podrán realizar sus aportaciones al proyecto sobre dos aspectos, el primero, los criterios que se tendrán en cuenta para definir esas afecciones y, segundo, sobre el listado de las mismas, explica el texto publicado por el departamento que dirige Mónica García.

Las enfermedades a las que se aplicará la ley ELA deberán reunir una serie de requisitos: que sean irreversibles y reduzcan significativamente la supervivencia y que no respondan al tratamiento o no tengan alternativas terapéuticas que vayan a mejorar el estado funcional o el pronóstico de los pacientes.

También tendrán que exigir cuidados sociales y sanitarios complejos, centrados en el ámbito domiciliario y que supongan un alto impacto para el entorno cercano de las personas afectadas, así como tener una rápida progresión en algunos de estos procesos que requiera acelerar procesos administrativos de valoración y reconocimiento del grado de discapacidad o dependencia.

La Ley ELA aprobada por unanimidad parlamentaria a finales de octubre del año pasado tiene como objetivo mejorar la calidad de vida con medidas como la agilización de los trámites administrativos para el reconocimiento de la discapacidad y la dependencia o la prestación de cuidados durante 24 horas en estadios avanzados.

El real decreto que se someterá después de este paso a consulta pública desarrollará la ley en lo referido al listado de enfermedades y procesos a los que resultará aplicable, que se enumerarán en un anexo. 

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