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Procasa asesora sobre las medidas del Gobierno para evitar los deshaucios

La concejala de Vivienda, Eva Tubío, ha explicado “que existen novedades y medidas en este nuevo decreto que debe conocer bien la ciudadanía"

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  • Oficinas de Procasa.

La empresa municipal de Promoción y Gestión de Viviendas, Procasa, ha puesto a disposición de la ciudadanía un servicio de consulta telefónica o cita previa al que dirigirse para recibir asesoramiento sobre las nuevas medidas del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, adoptadas por el Gobierno Central  para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda.

La concejala de Vivienda, Eva Tubío, ha explicado “que existen novedades y medidas en este nuevo decreto que debe conocer bien la ciudadanía para saber cómo acogerse a ellas, sobre todo cuando se han visto tan perjudicadas por la pandemia”.

Este decreto por una parte amplia la prórroga en la suspensión de los juicios de desahucio hasta mayo de 2021, de la que podrán beneficiarse aquellos arrendatarios que acrediten su situación de vulnerabilidad económica por encontrarse en una de estas dos situaciones: Que pase a estar en situación de desempleo, ERTE, o haya reducido su jornada por motivo de cuidados (en caso de ser empresario), u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, cumpliendo unos límites de ingresos el mes anterior; y/o que la renta del alquiler más los gastos y suministros básicos sean superiores al 35% de los ingresos netos del conjunto de la unidad familiar.

Tubío ha señalado que “se entenderá por gastos y suministros básicos el importe del coste de los suministros de electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua corriente, de los servicios de telecomunicación fija y móvil, y las posibles contribuciones a la comunidad de propietarios, todos ellos de la vivienda habitual que corresponda satisfacer al arrendatario”.

Por otra parte, el decreto introduce un nuevo artículo que impone otra suspensión, por igual plazo y cumpliendo determinadas circunstancias, a otro tipo de procedimientos como son los juicios de precario, los de tutela sumaria de la posesión (incluyendo en este caso la especialidad introducida para los okupas por la Ley 5/2018, de 11 de junio), y para los que tienen por objeto la protección de los derechos reales inscritos. En estos casos el propietario debe ser una persona física o jurídica titular de más de diez viviendas y, por otra parte, los ocupantes de tales viviendas, deben ser personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o tener a su cargo conviviendo en la misma vivienda alguna persona dependiente o menor de edad, y hallarse en situación de vulnerabilidad económica.

Aquellas personas que estén interesadas en recibir asesoramiento pueden solicitarlo en el teléfono  956808040 o 956292352.

 

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