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La Fiscalía impugnará los recursos de defensa y acusación contra la sentencia a Bretón

En lo referente al enjuiciamiento del caso con jurado, al que se opuso la defensa y ahora solicita en su recurso que se repita el juicio con tribunal profesional, la fiscal mantuvo en el TSJA que se "atentaría al procedimiento de legalidad"

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  • Fiscalía. -

La Fiscalía Provincial de Córdoba impugnará los recursos de la defensa de José Bretón, condenado a 40 años de prisión por supuestamente asesinar a sus hijos, Ruth y José, en octubre de 2011 en Córdoba, que reclama que se celebre un nuevo juicio con tribunal profesional, y la acusación particular, ejercida por la madre de los niños, Ruth Ortiz, que pide la entrega de los restos óseos del caso para poder enterrarlos o celebrar una misa bajo custodia.

   Así lo han confirmado a Europa Press fuentes judiciales, de modo que la fiscal del caso, María de los Ángeles Rojas, presentará el escrito de impugnación ante dichas peticiones tras la sentencia condenatoria a Bretón, recordando en este caso que el Ministerio Público ya pidió en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), antes del juicio, que se rechazaran todas las causas de nulidad reclamadas por la defensa en su primer recurso, que incluyen, entre otras, la impugnación de una de las pruebas periciales que acreditaron el origen humano de los restos óseos y que ahora también reitera la defensa en su nuevo recurso.

   En lo referente al enjuiciamiento del caso con jurado, al que se opuso la defensa y ahora solicita en su recurso que se repita el juicio con tribunal profesional, la fiscal mantuvo en el TSJA que se "atentaría al procedimiento de legalidad" si no se acudiera a él, porque "no existe otra opción posible". "No podemos desconfiar de cómo van a desarrollar su labor los jueces, y además existen los controles legales necesarios para valorar posteriormente su actuación", según recalcó.

   En cuanto a la entrega de los restos óseos, desde la Fiscalía siempre se ha mantenido que hasta que no haya sentencia firme sobre el caso no se podría llevar a cabo la entrega de los mismos a la familia materna, y al respecto el presidente del Tribunal del Jurado, Pedro Vela, recuerda en la sentencia a Bretón que una vez que sea firme, que aún no lo es pues va a ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por las partes y la defensa prevé acudir al Tribunal Supremo (TS), debe librarse un exhorto al Registro Civil de la capital cordobesa, "con testimonio de la presente resolución, ordenando la inscripción de la defunción de Ruth y José Bretón Ortiz, acaecida en esta ciudad el día 8 de octubre de 2011. Entregándose al tiempo a Ruth Ortiz Ramos, para su inhumación, los restos de dichos menores custodiados en este tribunal", según recoge el fallo.

RESPECTIVAS IMPUGNACIONES

   Cabe destacar que la defensa y la acusación particular también han anunciado que impugnarán los respectivos recursos. En concreto, la defensa de José Bretón advierte en su recurso ante el TSJA, en el que pide que se celebre un juicio nuevo con tribunal profesional, que "las declaraciones de muchos testigos estuvieron prefabricadas" al seguir el juicio por televisión, de modo que, en su opinión, hay "una serie de irregularidades jurídicas", al tiempo que cree que "bastantes de los puntos de debate" del veredicto del jurado "no están lo suficientemente probados".

   Así, en el recurso de 37 folios que ya entregó el abogado defensor, José María Sánchez de Puerta, en la Audiencia Provincial esta semana para dar traslado al TSJA, "sigue la línea de los puntos de defensa que se efectuaron en el juicio, y ampliando y analizando las declaraciones que se hicieron apoyado por la jurisprudencia que el Tribunal Supremo en estos casos efectúa".

   Los pilares básicos de argumento son "la violación de derechos fundamentales, la ruptura de la cadena de custodia de los restos y la violación del derecho de defensa", precisando en relación a los testigos que "el mismo rechazo jurídico tiene que tener las personas que se encuentran en sala", de hecho el presidente del Tribunal del Jurado, Pedro Vela, anuló un testimonio, "que la que lo ve en pantalla" y posteriormente ha declarado en la sala, según argumenta la defensa siendo "una de las razones" por la que solicita la nulidad del procedimiento.

   Al respecto, se muestra "convencido de que tiene base jurídica que puede permitir la nulidad del juicio", dado que "hay un conflicto de leyes y siempre debe prevalecer la ley de rango superior" en este caso la Constitución Española (CE), de que "toda persona tiene derecho a un juicio justo". Así, en su opinión, el jurado ha estado "contaminado", pues, "es difícil encontrar once personas que no estén mediatizadas", al tiempo que mantiene que "no fue imparcial" y cree que "bastantes de los puntos de debate no están lo suficientemente probados", algo que trata en el recurso ante el TSJA.

   En este sentido, defiende que pruebas falsas no cree que se hayan usado en el juicio, pero "sí han existido pruebas que no se han tratado con el verdadero rigor jurídico que se requiere en un asunto de esta envergadura", según Sánchez de Puerta, quien recuerda que "siempre" ha dicho que los restos óseos que la perito policial Josefina Lamas recogió "no son los que los peritos analizaron", y se cuestiona "qué casualidad que ninguno de los restos era humano y todos de animales" y el profesor Francisco Etxeberría "los identifica por fotografía y dice que todos son humanos. No me ha olido bien eso y no me sigue oliendo", sentencia el abogado.

LA ENTREGA DE LOS RESTOS

   Por su parte, la abogada de Ruth Ortiz, María del Reposo Carrero, plantea en su recurso al Alto Tribunal andaluz que se han vulnerado sus derechos respecto al destino de los restos de los niños, después de que en la citada sentencia, el magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, Pedro Vela, estipuló que no se le entregaran dichos restos a la madre para poder enterrarlos o celebrar una misa hasta que la sentencia no fuera firme.

   En concreto, en el escrito expone que se ha producido una vulneración del derecho positivo, concretamente de la Ley del Registro Civil. Así, la presentación de este recurso se produce después de que esta parte solicitara hace unas semanas ante la Sección Tercera de la Audiencia que se le devolvieran los restos a su madre o que éstos se trasladen a Huelva bajo custodia de la Policía para realizar una misa.

   En dicho escrito, que fue desestimado por el tribunal, la letrada indicaba que ambas peticiones están basadas "en razones de humanidad" y además las considera "perfectamente compatibles o si se quiere, conciliables", con las eventualidades que pueden surgir en el desarrollo y resolución de los recursos que pueda interponer el letrado del condenado José Bretón por la muerte de sus hijos, ya que "sobre los restos no habría que realizarse ninguna pericia o análisis complementario".

   Carrero solicita la entrega de estos huesos al entender que la Ley de Registro Civil señala "literalmente que será necesaria sentencia firme, expediente gubernativo u orden de la autoridad judicial que instruya las diligencias seguidas por muerte violenta, que afirman sin duda alguna el fallecimiento, para inscribir éste cuando el cadáver hubiere desaparecido o se hubiere inhumado antes de la inscripción".

   Por ello, la letrada destaca que se admite la inscripción del fallecimiento "no sólo cuando haya existido una sentencia judicial firme, sino además cuando exista una orden de autoridad judicial a la que no se le exige requisito de firmeza, pudiéndose proceder en este caso a la inscripción del fallecimiento con su correspondiente enterramiento". En este punto, asegura que "en tanto no se practique la inscripción no se expedirá la licencia para el entierro".

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