La Audiencia Nacional quiere que se investigue si el exalcalde de Marbella Julián Muñoz cometió un fraude en relación con la posible remuneración percibida (cerca de 67.000 euros) por una entrevista en Telecinco, cuando tiene pendiente el pago de más de 46 millones de euros por el llamado caso Saqueo II.
Ante esa posibilidad, la sección tercera de lo Penal, en un auto, ha deducido testimonio al decanato de los juzgados de instrucción que correspondan para que se investigue si Muñoz cometió delito de frustración en la ejecución, en concurso medial con delito de falsedad en documento mercantil, por la entrevista que ofreció para la docuserie "Julián Muñoz: No es la hora de la venganza, es la hora de la verdad", emitida el pasado enero.
La resolución atiende así a la petición que en este sentido hizo la Fiscalía, que solicitó la apertura de un procedimiento penal para determinar si Muñoz, con la cooperación necesaria de terceros -la productora del programa en el que se emitió la entrevista-, pudo cometer dichos delitos.
El Ministerio Público reclamó además el embargo de las cantidades percibidas por Muñoz al considerar que los hechos son indiciarios de un presunto delito de frustración de la ejecución del artículo 258 del Código Penal mediante la simulación de una cesión gratuita de los derechos de propiedad intelectual e industrial, así como los patrimoniales, comerciales y de imagen que se describen en las condiciones del contrato suscrito entre Kometa, S.L. y el condenado y en el contrato suscrito entre aquélla y Producciones Mandarina, S.L.
Tanto el Ayuntamiento de Marbella como la Fiscalía, actuando en protección de los derechos de los perjudicados por el delito, mostraron su discrepancia con la aducida falta de remuneración de la entrevista realizada por Muñoz, quien de los 46,6 millones de euros a los que fue condenado por responsabilidad civil aún tiene pendiente de satisfacer 46,2 millones.
En su informe a la Sala, el consistorio malagueño señalaba que la comunicación de Producciones Mandarina dejaba en evidencia la remitida en su día por Kometa Producciones Audiovisuales sobre la imposibilidad de retención al penado Julián Muñoz por no haber recibido ninguna remuneración, “cuando ha quedado acreditado que la cesión de los derechos de su entrevista implicó un contenido económico en forma de contraprestación por un total de 66.494´73 euros más I.V.A”.
Como prueba de ello, el consistorio destacaba que una de las periodistas que debatió en esos programas sobre la docuserie, llegó a confirmar que Telecinco había pagado a Julián Muñoz por su entrevista y que se le embargaría una gran parte de sus emolumentos por tener deudas con la justicia, razón por la que estaba siendo asesorado por Abogados de la productora.
Por ello sostiene que la cadena televisiva pagó al entrevistado, que la motivación de la entrevista era económica frente a la pretendida cesión de derechos gratuita y sin contraprestación que aparenta el documento privado de la productora, que el montante económico se reduciría por el embargo, lo que revela la constancia del embargo y de la existencia de tales emolumentos .
La Fiscalía, por su parte, incidía en que la gratuidad y altruismo que figura en ese contrato no se compadece con la realidad que se conoce de ese tipo de producciones televisivas, al tiempo que señalaba que ya se pretendió realizar entrevistas a cambio de dinero, lo que no se produjo finalmente ante el posible embargo de tales cantidades.
Examinados ambos informes, el Tribunal recuerda que artículo 643 del Código Civil establece que: “No mediando estipulación respecto al pago de deudas, sólo responderá de ellas el donatario cuando la donación se haya hecho en fraude de los acreedores. Se presumirá siempre hecha la donación en fraude de los acreedores cuando al hacerla no se haya reservado el donante bienes bastantes para pagar las deudas anteriores a ella”.
Producciones Mandarina, por su parte, se opuso al embargo, aduciendo que no han tenido relación alguna con Muñoz y que se han limitado a contratar y pagar por la cesión de esos derechos a la entidad Kometa.
La Audiencia Nacional condenó en 2013 a Julián Muñoz a 6 años de prisión y a la citada indemnización en concepto de responsabilidad civil por el caso Saqueo II, que supuso el desvío de unos 70 millones de euros del ayuntamiento marbellí a través de empresas públicas y privadas con dádivas a los concejales, así como un fraude a la Seguridad Social de 91 millones.