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El Puerto

Un Juzgado de El Puerto anula un contrato de intercambio de cuotas por falta de información al cliente

Esta sentencia, que viene a confirmar otras anteriores, también se refiere a un cliente minorista y no a un empresario

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Un Juzgado de Primera Instancia de El Puerto de Santa María, y como ya ocurriera en meses anteriores, ha declarado nulo un “contrato de intercambio tipos/cuotas” suscrito por la entidad bancaria de Bankinter.

Esta Sentencia, que viene a confirmar otras anteriores, también se refiere a un cliente minorista y no a un empresario, concluye que el contrato impugnado es nulo de pleno derecho por cuanto el consentimiento de la clienta del Banco fue erróneo al no contar con toda la información de los efectos del contrato, información que correspondía facilitar al Banco que a pesar de disponerla no la puso a disposición de la clienta.

La resolución judicial al analizar la documentación facilitada a la clienta ha concluído que el producto financiero complejo se comercializó como si de un seguro se tratase y determina que la clienta se dejó llevar por las recomendaciones del Director de la Sucursal: “…la demandante se ha mostrado ignorante en esta materia, suscribiendo el contrato en virtud de la plena confianza que tenía depositada en el entonces responsable de la sucursal, con el que mantenía una relación de amistad.”

Tal y como ha manifestado el Abogado que ha dirigido el proceso, Miguel Pérez de Yrigoyen, “la nueva Sentencia confirma las malas prácticas bancarias de las Entidades Bancarias, y en concreto de Bankinter que suma ya un número considerable de Sentencias en su contra, y aún así continúa negando la resolución extrajudicial de este tipo de contratos abusivos, obligando al usuario a recurrir a los Tribunales de Justicia. Queremos destacar que la acción judicial no tendrá coste alguno para la usuaria del banco pues además de recibir las cantidades que ha abonado en exceso, el juez condena a la entidad bancaria a abonar las costas del proceso judicial”

Corriente Jurisprudencial
 

Según las estimaciones del mercado en España se podrían haber suscrito alrededor de 100.000 contratos de este tipo por distintas entidades financieras, si bien desde el año 2010 se han sucedido acciones judiciales por todo el territorio nacional que mayoritariamente han establecido una corriente jurisprudencial favorable al cliente bancario. Los jueces están exigiendo que la información sea la correcta, aún cuando el cliente posea conocimientos financieros.

Existe un ranking, no oficial, que acredita que de las Sentencias conocidas hasta la fecha se han dictado en torno a unas 1200 Sentencias a favor del cliente afectado y unas 190 a favor de las entidades bancarias.

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