El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz (APBC), ente presidido por Teófila Martínez, ha otorgado la
concesión administrativa para la explotación del local denominado La Cristalera, junto a la Plaza de Las Galeras, en El Puerto, a
Puerto Copas S. L.
El edificio, de 125 metros cuadrados de planta, es considerado de
elevado interés arquitectónico singular, pendiente de catalogación por aprobación del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Conjunto Histórico y Entorno de la localidad, y que, “dado el carácter de la zona destinada a la interacción puerto-ciudad,
históricamente ha desarrollado la actividad de hostelería”, según señala la APBC en el anuncio de la convocatoria del concurso el pasado 10 de diciembre
La firma Puerto Copas S. L, creada el pasado 20 de diciembre de 2019, pertenece al
popular empresario Francisco Toro Funes, quien disfrutará de la concesión
diez años, con la opción de otros cinco de prórroga si así lo solicita y previa autorización expresa por parte de la APBC.
Toro Funes
ya presentó una solicitud de concesión administrativa a la APBC en 2018, por medio de la firma Puerto América Cádiz S. L, para la construcción y explotación de un edificio destinado a actividades hosteleras, comerciales, de restauración y servicios asociados en la
zona portuaria de Cádiz.
Asimismo,
ha acaparado desde hace años la adjudicación de los principales eventos de la capital. Una de ellas, en 2010, acabó llevando al Tribunal Supremo (TS) a la entonces alcaldesa Teófila Martínez, acusada de presunta prevaricación, tráfico de influencias y malversación.
El Ayuntamiento encargó a Toro Funes la organización y producción completa del espectáculo del Festival Latino, con actuaciones de Macaco y Chayanne, por un importe inicial de 441.040,34 euros por medio de un procedimiento excepcional negociado sin publicidad y tramitación de urgencia dada la exclusividad del empresario del artista.
Inversus Inhotel denunció a la ex alcaldesa por dicho procedimiento por, según sostenía, tener firmado un contrato de exclusividad con Chayanne. La Sala de lo Penal del TS consideró, no obstante, que los hecho no constituían delito, al considerar que el denunciante señalaba irregularidades procedimentales, pero no existió omisión del procedimiento.