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España

Vigilar con pulseras a agresores sexuales excarcelados exige autorización previa del juez

Ante el repunte en diciembre de casos de violencia de género, la Fiscalía y el Ministerio del Interior han dado órdenes para potenciar el uso de estas pulseras

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  • La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género. -

La propuesta del Ministerio de Igualdad para controlar con pulseras telemáticas a agresores sexuales excarcelados al verse beneficiados por la ley del 'solo sí es sí' exige que, previamente, exista autorización judicial o que en la sentencia condenatoria quedara reflejado la prohibición de aproximación a la víctima como pena accesoria a la privación de libertad.

La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, señaló que el pasado mes de diciembre dictó una instrucción ante el goteo de revisiones a la baja de condenas. La idea es que se atienda en 24 horas las peticiones para instalar dispositivos de control telemático en casos de excarcelaciones sorpresivas o inesperadas.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press limitan esta medida incluida en el plan del Ministerio del Igualdad al entender que, previamente a la consideración de establecer el control mediante pulsera, un juez tiene que haber acordado la prohibición de aproximación a la víctima mediante sentencia.

Ante el repunte en diciembre de casos de mujeres víctimas de violencia de género, la Fiscalía y el Ministerio del Interior han dado órdenes para potenciar el uso de estas pulseras de control telemático, con unas 3.000 activadas para proteger a mujeres víctimas de malos tratos. Igualdad ayer abrió el foco también a agresores sexuales beneficiados por la polémica ley del 'sólo sí es sí'.

Las citadas fuentes recuerdan que el control sobre agresores sexuales "puede resultar aconsejable" ya que en la mayoría de los casos el delito se comete en el entorno más próximo de las víctimas, pero subrayan que esta medida ya se contemplaba antes de la entrada en vigor de la ley del 'sólo sí es sí'.

Es decir, existe la posibilidad de controlar el cumplimiento de las órdenes de alejamiento si los jueces y tribunales imponen a los agresores sexuales, además de la pena de prisión, la de prohibición de aproximación a la víctima, de conformidad con el artículo 57.1 del Código Penal, aun cuando no sean familiares de la víctima.

Estas fuentes recuerdan que, además, la legislación ya contempla desde hace años como "imperativa" la imposición de la libertad vigilada, de manera que cuando salen de prisión el Juez de Vigilancia Penitenciaria tiene que acordar unas medidas entre las que figuran la prohibición de aproximación a la víctima.

La fiscal de Sala de Violencia contra la Mujer, Teresa Peramato, ha indicado este miércoles que la instalación de estas pulseras a agresores sexuales se debería hacer "lo más inmediato posible" tras la autorización judicial, teniendo en cuenta que "hay que atender a la dispersión geográfica" y que "hay que dar tiempo a los técnicos para su instalación".

En este sentido, ha añadido que la medida "no tiene nada que ver con la aplicación" de la pena, sino con "el control" de las medidas de alejamiento y la necesidad de proteger a las víctimas. "Lo que se hace es asegurar la vigilancia del cumplimiento o pena, por lo que no supone ninguna otra limitación", ha apuntado en declaraciones a los medios antes de comparecer en la subcomisión para la renovación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

Peramato ha señalado, además, que esta medida puede ser solicitada por la propia víctima, a través de su representación legal, o de los fiscales, aunque reiterando que es indispensable que el juez o el tribunal den su autorización.

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