El Gobierno español, a través de la Abogacía del Estado, ha defendido este miércoles ante la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo que la doctrina Parot aplicada a la terrorista de ETA Inés del Río no viola el Convenio Europeo de Derechos Humanos porque no ha supuesto alargar su pena y ha preguntado al tribunal si "¿es igual un asesinato que 132?" a la hora de calcular y aplicar los beneficios penitenciarios para un asesinato que para múltiples. Se refería a los 24 asesinatos consumados por la terrorista y a los 108 en grado de tentativa.
El abogado del Estado Isaac Salama ha defendido ante los 17 jueces que integran la Gran Sala del tribunal europeo de Estrasburgo que el derecho español desde 1970 deja de forma "bien clara" que la redención de penas por trabajo es "exclusivamente" para permitir el "adelantamiento" de su puesta en libertad y ha dejado claro que en el caso de Inés del Rio su condena "no se ha prolongado ni un sólo día la pena impuesta a la demandante" ni tampoco "el límite" de cumplimiento de la pena, de un máximo de 30 años.
Salama ha dejado claro que si España hubiera aplicado de forma retroactiva la doctrina Parot a la miembro de ETA habría tenido que cumplir el "máximo de 40 años" de pena que fija el actual Cógido Penal y no sobre los 30 que debe cumplir y ha reclamado al tribunal que revoque la sentencia de la Tercera Sección del tribunal que el 10 de julio condenó a España por vulnerar los artículo 7 y 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.