El objetivo, según el Gobierno, es que los contribuyentes reciban cuanto antes sus devoluciones
El próximo miércoles 1 de abril empieza el plazo de presentación de las declaraciones de la renta y patrimonio de 2019, una campaña atípica que arranca en pleno confinamiento por la epidemia de coronavirus.
Precisamente el objetivo de que los contribuyentes reciban cuanto antes sus devoluciones es el argumento defendido por el Ministerio de Hacienda para mantener el calendario de la campaña del IRPF en un momento en que buena parte de los trámites administrativos se encuentran en suspenso por el estado de alarma.
De acuerdo con este calendario, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones por internet a través del programa renta web o de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria a partir del 1 de abril.
Quienes quieran presentar su declaración por vía telefónica a través del programa "Le llamamos" podrán solicitarlo a partir del 5 de mayo para que la Agencia les llame a partir del 7 de mayo, tan pronto como sea posible, pero sin posibilidad de elegir franja horaria como en anteriores campañas.
Por lo que respecta a la atención presencial en oficinas -que actualmente se encuentran cerradas-, la Agencia mantiene el inicio en el 13 de mayo, con cita previa que se podrá solicitar desde el 5 de mayo.
La campaña de la renta y patrimonio se extenderá hasta el 30 de junio salvo para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria, que tendrán que estar presentadas como muy tarde el 25 de junio.
Hacienda recuerda que casi un 88 % de las declaraciones del IRPF se presentan por internet, por lo que no se verían afectadas por el confinamiento, y que casi el 70 % salen a devolver, de manera que los primeros contribuyentes podrían empezar a recibir sus devoluciones el 3 de abril.
En esta campaña estarán obligados a declarar los contribuyentes que en 2019 obtuvieron rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros o 14.000 euros en caso de que tengan más de un pagador, perciban pensiones compensatorias o cuyo pagador no esté obligado a retener, entre otras circunstancias.
Entre las novedades de la declaración del IRPF de 2019 figura la simplificación de la información relativa al domicilio fiscal, que se consignará de manera separada al resto de la información para su ratificación o modificación.
Toda la información relativa a los inmuebles propiedad del contribuyente se agrupará en un único apartado para facilitar su declaración en función de su uso, por ejemplo vivienda habitual o alquiler.
En el caso de inmuebles alquilados, el contribuyente contará en este apartado con los campos para incorporar la información de los arrendatarios en caso de alquiler habitual, así como el desglose de los gastos deducibles que le servirán para calcular el rendimiento neto.