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Málaga

Condenada por acosar a su expareja, al que seguía hasta por GPS

La procesada se sentaba en un banco frente a la oficina de él, en actitud "vigilante y controladora"

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  • Imagen de archivo de los juzgados de Marbella. -

Una mujer ha sido condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Marbella como autora de un delito de acoso a su expareja al que vigilaba a diario incluso con GPS, una conducta de control y hostigamiento que se produjo ante la negativa del hombre de continuar la relación con ella.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, se destaca que la procesada durante meses y casi a diario se sentaba en un banco, situado enfrente de la oficina en la que él trabajaba (durante toda su jornada laboral) desde las 8:00 hasta las 15:00 horas, "en actitud vigilante, controladora e injustificada".

La mujer además accedía al interior de la oficina, "en reiteradas ocasiones", bajo la excusa de efectuar gestiones innecesarias relativas a la comunidad y aprovechaba para pedirle explicaciones acerca de sus relaciones con otras mujeres en presencia de los demás trabajadores y usuarios.

En los hechos probados se señala que la acusada le interrogaba sobre lo que había hecho y dónde había estado y le llegó a manifestar que era un portador de un virus muy peligroso y lo acusaba de habérselo transmitido.

Cuando el hombre abandonaba su trabajo, la mujer se levantaba del banco y le seguía con un teléfono móvil en la mano en actitud de realizar una grabación.

Toda esta situación de control, vigilancia y hostigamiento de la mujer, según la sentencia, generó al hombre una situación de ansiedad e intranquilidad constante y le afectó a sus rutinas diaria e incluso dejó de hacer sus salidas en bicicleta por miedo a ser perseguido o de sufrir daño así como a supervisar los bajos de su vehículo para comprobar la ausencia de dispositivos de control por parte de la mujer.

La mujer ha sido condenada a la pena de cuatro meses de multa con una cuota diaria de diez euros como autora de un delito de acoso y además se le impone la prohibición de aproximarse al afectado, a su domicilio, lugar de trabajo u otro que él frecuente a una distancia no inferior a 50 metros, así como comunicarse con él por cualquier medio por un tiempo de tres años.

Óscar Gómez, socio de Balms Abogados y responsable de la defensa del afectado, ha dicho a EFE que están muy satisfechos con la resolución porque es una "sentencia excepcional, estamos acostumbrados a que sean los hombres los que acosan y no las víctimas".

Durante el juicio, la mujer se excusó diciendo que permanecía durante horas en el banco frente a la oficina de su acosado porque allí tenía mejor wifi, aunque no se ha podido demostrar que en su domicilio no tuviera este servicio, según la sentencia.

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