La vivienda se ha convertido en un problema que preocupa, y mucho, a la sociedad, y en el Ayuntamiento de Huelva se han puesto manos a la obra para afrontarlo y establecer las herramientas necesarias.
En esa línea, el Consistorio acaba de publicar la licitación del servicio de asistencia técnica para la redacción del nuevo Plan Municipal de Vivienda y Suelo.
Con un importe de 50.000 euros, las empresas interesadas tienen hasta el 30 de junio para presentar sus ofertas. Una vez adjudicado el contrato, se establece un plazo máximo de ejecución de 12 meses a contar desde el primer día hábil de formalización del contrato.
En un periodo máximo de seis meses deberá estar redactado el documento, correspondiendo el plazo restante de seis meses para su aprobación inicial, periodo de información pública, alegaciones y aprobación definitiva. Es decir, que en año desde que se formalice el contrato, debe estar vigente el nuevo Plan de Vivienda y Suelo.
Según se detalla en el pliego de prescripciones técnicas, consultado por Viva Huelva, se establecen tres necesidades a satisfaces mediante este contrato: determinar la demanda de viviendas no satisfecha y/o potencial en el término municipal de Huelva, clasificando dicha demanda por niveles de renta y las necesidades de rehabilitación del parque municipal de viviendas; establecer una oferta cualificada que cubra dicha demanda en un horizonte temporal razonable; y determinar las necesidades de suelo para satisfacer dicha oferta residencial, cuantitativa y cualitativamente, y diseñar e implementar, en su caso, los instrumentos urbanísticos para su clasificación, ordenación, gestión y ejecución.
El objeto de la asistencia técnica es la formulación de todos los documentos y la realización de las actividades complementarias necesarias para completar la tramitación administrativa, hasta la aprobación definitiva del Plan Municipal de Viviendas y Suelo de Huelva, comprendiendo entre las tareas el asesoramiento técnico necesario para proceder a tal aprobación.
Conforme al artículo 13 inciso 2 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía, el Plan Municipal de Vivienda y Suelo tendrá, como mínimo, el siguiente contenido: la determinación de las necesidades de vivienda de las familias residentes en el municipio, al objeto de concretar la definición y cuantificación de actuaciones protegidas que se deban promover y las soluciones e intervenciones públicas que se deban llevar a cabo; las propuestas de viviendas de promoción pública y su localización; los alojamientos transitorios que se consideren necesarios y la determinación de los equipamientos que se deben reservar a tal fin; las propuestas de actuaciones dirigidas a fomentar la conservación, mantenimiento y rehabilitación del parque de viviendas y que mejoren la eficiencia de uso de dicho parque de viviendas; las medidas tendentes a la progresiva eliminación de la infravivienda; las propuestas de cuantificación y localización de las viviendas protegidas, en sus diferentes programas; el establecimiento de los procedimientos de adjudicación; las medidas necesarias para el seguimiento y aplicación del Plan; y las restantes medidas y ayudas que se consideren necesarias para garantizar la efectividad del derecho a una vivienda digna y adecuada.