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Huelva

Gómez Cueli, imputado en un caso de prevaricación

El exalcalde de Gibraleón ha declarado este miércoles en el Juzgado de Instrucción 4 en una causa abierta tras la denuncia de un edil del PSOE por los presuntos delitos de prevaricación y nombramiento ilegal, al tener más asesores de lo permitido

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  • Gómez Cueli -

Los últimos cuatro años de gobierno al frente del Ayuntamiento de Gibraleón le están pasando factura al popular José Ramón Gómez Cueli, que además de perder la Alcaldía frente a la socialista Lourdes Martín, ha tenido que pasar por los tribunales tras ser imputado en una causa abierta por los presuntos delitos de prevaricación y nombramiento ilegal.

Según han confirmado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a Viva Huelva, el exalcalde de Gibraleón ha prestado declaración este miércoles, en calidad de imputado, en el Juzgado de Instrucción número 4 de Huelva, dentro de las diligencias previas abiertas por el titular de este órgano judicial a raíz de una denuncia interpuesta hace poco más de un mes por un concejal del PSOE de Gibraleón por los presuntos delitos de prevaricación y nombramiento ilegal.

Según ha podido saber este periódico, la querella interpuesta se basa en que el exregidor olontense habría incumplido la reciente Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, al exceder en el número de asesores permitidos por la legislación.

Así, desde el inicio de su mandato, Cueli habría contado con tres asesores, pero tras la aprobación de esta ley, tendría que haber reducido su número a dos, ya que según dicta el artículo 104bis de personal eventual de las entidades locales, “los ayuntamientos de municipios con población superior a 10.000 y no superior a 20.000 habitantes -Gibraleón tiene, según el censo de 2014, 12.474 habitantes-podrán incluir en sus plantillas puestos de trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder de dos”.

Según las fuentes consultadas, Cueli habría sido advertido de esta ilegalidad, pues constarían informes en contra tanto del secretario como del interventor municipal, que también declararon este miércoles en calidad de testigos, pero habría hecho caso omiso de los mismos.

Los presuntos delitos
Una vez que ya se ha prestado testimonio, el juez titular tendrá que decidir si continúa con la causa al ver indicios de la posible existencia de una infracción o penal, o en su defecto, si la archiva.

El delito de prevaricación, tipificado en el artículo 404 del Código Penal, hace referencia “a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”, y “ se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años”.

Por su parte, el delito de nombramientos ilegales, en el artículo 405 del Código Penal, se refiere “a la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello”, y “se le castigará con las penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años”.

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