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La nueva Feria del Caballo diferenciará entre casetas tradicionales y no tradicionales

El número de casetas de feria de tipo 'no tradicional', no superará el 20% del total del recinto ferial

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  • Una actuación en una caseta. -
  • En la adjudicación de las casetas se primará a las que mantengan las señas de identidad de la fiesta
  • El objetivo es que entre en vigor en la próxima edición, del 17 al 24 de mayo de 2025

El teniente de alcaldesa de Servicios Públicos, Jaime Espinar, junto al delegado de Cultura y Fiestas, Francisco Zurita, han informado en rueda de prensa de las novedades de la futura Ordenanza Municipal Reguladora de la Feria del Caballo. Un texto normativo, que no se ha revisado en once años, fruto del diálogo con los agentes implicados en la celebración, impulsado por la participación ciudadana y por el compromiso del Gobierno municipal por contar con un texto adaptado a los tiempos.

Jaime Espinar ha destacado que la ordenanza recoge el sentir mayoritario de los jerezanos y jerezanas que demandaban una actualización, y ha anunciado que tras su aprobación en Junta de Gobierno Local, será elevada al Pleno Municipal, en la sesión prevista para el este viernes, día 27 de septiembre, para su aprobación inicial. El objetivo es que entre en vigor en la próxima edición, del 17 al 24 de mayo de 2025, y que a partir del 15 de diciembre próximo, cuando se abra el plazo de solicitudes de casetas, ya sea la nueva realidad normativa la que ordene y regule esta gran fiesta anual.

Por su parte, el delegado de Cultura ha señalado que “la nueva ordenanza ha sido renovada para la preservación de su esencia, de las señas de identidad que la hacen única, atendiendo a las nuevas tendencias y demandas ciudadanas, garantizando su carácter público, abierto, accesible e inclusivo”. 


En cuando al aspecto formal, el nuevo texto pasa de tener 41 artículos a 166, elevando con ello la concreción, el control y la seguridad en los grandes bloques que conforman la columna vertebral de la Feria: el Paseo de Caballos, las casetas y las atracciones.

Entre las novedades que ha destacado el delegado de Fiestas, se encuentra “la diferenciación entre casetas tradicionales y no tradicionales”, sin perjuicio del cumplimiento de cuantas normas sean de aplicación, así como la determinación de zonas para cada tipo. No obstante el número de casetas de feria de tipo 'no tradicional', no superará el 20% del total.

Como novedad también, en su articulado se refleja que la aceptación de solicitudes de casetas se hará atendiendo a una serie de criterios y un baremo de puntuación. Las puntuaciones para la adjudicación se determinarán en función del contenido de la Memoria de actividad y funcionamiento de la caseta,la propuesta de diseño e instalación de la caseta, y por la ausencia de expedientes sancionadores incoados o actas de inspección levantadas, por infracciones cometidas por la persona solicitante, en caso de haber sido titular de licencia en ediciones anteriores. Entre las novedades destacadas, en materia de inclusión y accesibilidad se encuentran, además:

  • Un mayor control de las condiciones laborales del personal contratado por cada caseta, velando por la no discriminación.
  • Se deberá identificar a la persona responsable de la hostelería o restauración de la caseta, si no es la propia titular de la licencia. No obstante la cesión de la licencia seguirá estando prohibida y se vigilará aún con mayor intensidad.
  • Las labores de montaje deberán estar terminadas 4 días antes de la fecha establecida para el comienzo de la Feria, para autorización de apertura y suministro eléctrico, y desmontaje más amplio y detallado para evitar que dañen estructuras y abandonen materiales.
  • No limitación en acceso ni permanencia de ninguna persona, estableciéndose como hasta ahora el día del socio en una sola jornada, que podrá establecerse en cualquiera de los días de la fiesta.
  • No se podrá esgrimir la circunstancia de aforo completo como motivo para discriminar la entrada o no de ciertas personas, especialmente por tratarse o no de socios o miembros de la entidad titular de la licencia.
  • Se adelanta en una hora el límite para emitir música de género distinto al flamenco. De las 24 horas, se pasa a las 23 horas.
  • Será obligatorio atender al público en la barra con la misma preferencia y condiciones que al público atendido en mesas.
  • Las casetas de 3 o más módulos tendrán obligación de disponer de al menos un aseo para personas con movilidad reducida.
  • El Concurso de Casetas también será regulado por unas bases aprobadas en Junta de Gobierno Local para hacerlo más transparente.

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