La pena no pasa de los tres años al no haberse consumado la relación
Un hombre fue condenado en estos últimos días por la Sección algecireña de la Audiencia a una pena de tres años de cárcel por cometer abusos sexuales contra la hija de la que entonces era su pareja. Los hechos ocurrieron cuando la menor tenía 11 años y en la resolución judicial se ha tenido en cuenta que la relación sexual forzosa entre el varón y la menor de edad no fue consumada con penetración, lo que redujo sensiblemente la pena final.