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Viernes 19/04/2024  

Málaga

El exdecano de los abogados Málaga será juzgado por desobediencia en el estado de alarma

Por la suspensión de servicios de guardia durante el primer estado de alarma, que decretó por incumplimiento de las medidas de seguridad

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  • Lara llegando a los juzgados en una imagen de archivo. -
  • El fiscal pide que Lara sea condenado a una pena de doce meses de multa con una cuota diaria de quince euros

El exdecano del Colegio de Abogados de Málaga Francisco Javier Lara será juzgado en junio de 2023 por un delito de desobediencia en unos hechos que se remontan a la suspensión de servicios de guardia durante el primer estado de alarma, que decretó por incumplimiento de las medidas de seguridad.

La vista oral está prevista que se celebre en el Juzgado de lo Penal número 15 de Málaga los días 5 y 7 de junio de 2023, según han informado a Efe fuentes judiciales.

El fiscal pide que Lara sea condenado a una pena de doce meses de multa con una cuota diaria de quince euros con responsabilidad subsidiaria por impago de multa, según el escrito acusatorio, al que ha tenido acceso EFE.

En el relato acusatorio el ministerio público relata que "el acusado impidió el libre ejercicio del derecho a desempeñar su profesión liberal de todos aquellos abogados dispuestos a prestar el servicio de Guardia de Detenidos". Y ello lo hizo de "de modo consciente y a sabiendas de su deber de cumplimiento".

El fiscal mantiene que incumplió un requerimiento judicial del Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga ya que la magistrada dictó un providencia el 6 de mayo que le advertía que tenía que proporcionar el nombre de los abogados que estaban de guardia a fin de comunicarles que debían acudir a la mayor brevedad para asistir a los detenidos en el Juzgado de Guardia.

En dicha providencia se hacía constar expresamente que en el caso de no acudir, "se procederá a deducir oportuno testimonio de todo lo actuado y su remisión al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, al Consejo General del Poder Judicial, al defensor del pueblo y a la consejería de Justicia, sin perjuicio de deducir testimonio por presunto delito de desobediencia".

Dicha resolución fue notificada al Colegio de Abogados a través de correo electrónico pero el Colegio de Abogados, según el fiscal, no hizo ninguna comunicación y no se personó ningún letrado a asistir a los detenidos por lo que el Juzgado puso en libertad a los cuatro detenidos que tenía a disposición judicial.

El mismo día que fue enviada la providencia judicial el entonces decano remitió al Juzgado un correo en el que manifestaba haberlo recibido, por lo que era "consciente" del requerimiento y apercibimientos acordados en dicha resolución judicial, siempre según el fiscal. En este sentido, el ministerio público destaca que la Guardia de Detenidos en cualquier partido judicial fue considerada como un servicio esencial y de inexcusable cumplimiento.

Sobre las 9.36 horas de ese día, el Juzgado comunicó al Colegio de Abogados que tenían cuatro detenidos y, debido a que la representante del Colegio de Abogados le informó que la asistencia letrada no se iba hacer de forma presencial, sino a través del sistema de videoconferencia "sin llegar a proporcionar el nombre de los letrados que iban a estar de guardia", fue cuando la magistrada decidió dictar la providencia.

El exdecano siempre ha mantenido que "nunca tuvo intención de desobedecer ninguna orden judicial y que para él era preferente en esos momentos el derecho a la salud de los abogados", y que "quería tener la absoluta seguridad" de que los letrados "iban a prestar servicio con seguridad, tranquilidad y sin poner en peligro su salud".

"Morían miles de personas diariamente, no se sabía nada todavía de la covid. No había mascarillas, geles y solo pedía hacer las guardias por videoconferencia o con protección", ha subrayado a EFE Francisco Javier Lara. 

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