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La Junta de Andalucía ordena el cierre del campo de tiro de Los Montes

Fue el origen del incendio del pasado agosto en el que se calcinaron más de 270 hectáreas

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El campo de tiro de Los Montes, en cuyo entorno se originó el pasado mes de agosto el incendio que arrasó más de 270 hectáreas, tendrá que cerrar de forma definitiva, después de que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio haya desestimado el recurso de alzada presentado por la Federación Andaluza de Tiro Olímpico a la caducidad de la licencia decretada el pasado 16 de diciembre.

   De este modo, se cierra la vía administrativa, tras lo que, no obstante, los privados tienen la posibilidad de recurrir a la judicial.

   Así, la resolución, firmada por el viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Ricardo Domínguez, y a la que ha tenido acceso Europa Press, confirma el dictamen de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Málaga del 16 de diciembre del año pasado.

   Se rechazan los argumentos de la concesionaria de que la decisión fue arbitraria y se justifica la declaración de la caducidad de ocupación argumentando el "incumplimiento" de las condiciones del convenio firmado el 1 de abril de 2011, que obligaba a la Federación de Tiro, entre otras cuestiones, a realizar un cortafuegos perimetral a la instalación de 15 metros de anchura.

   De igual modo, se incide en "la insuficiencia de actividad de selvicultura preventiva" y en "el incumplimiento del plan de autoprotección", cuestiones que la Brigada de Investigación de Incendios Forestales (BIIF) recogió como causas de la propagación del incendio.

   Ante el argumento de la concesionaria de que existió "una completa descoordinación" entre las distintas administraciones con competencias en el Plan de Emergencias por Incendios Forestales de Andalucía, en concreto en lo referido al de autoprotección del campo de tiro, se determina que esas posibles irregularidades "no se deducen del contenido del expediente ni guardan relación con la resolución impugnada", fundamentada en "los incumplimientos de las obligaciones que correspondían a la Federación de Tiro", y de los que, sin embargo, "sí existen pruebas".

   También se rechaza de nuevo en esta resolución que haya existido "desviación de poder" en la actuación administrativa e indicios de una actuación espuria de la Administración como denunciaba la concesionaria, o que se haya adoptado la decisión de proceder a la caducidad de la ocupación de forma "arbitraria"

   Se reitera, igualmente, que "la declaración de caducidad de la ocupación se funda en la falta de cumplimiento de varias cláusulas del condicionado que rigen la concesión de la ocupación y que se ponen de manifiesto en todos los informes que obran en el expediente".

   "La actuación administrativa se produce bajo el amparo de las normas que en la propia resolución se indican y con la finalidad de su cumplimiento y de evitar posibles daños de futuro, sin que pueda deducirse ninguna finalidad espuria", se señala.

   Finalmente, se hace hincapié en que "la Federación de Tiro Olímpico no llevó a cabo la realización de la faja cortafuego de 15 metros ni la limpieza de vegetación a que estaba obligada por el pliego de condiciones de la cesión de la ocupación".

   El incendio, que tuvo lugar en el Parque Natural de Los Montes de Málaga, concretamente en el paraje conocido como Los Anaya-Campo de Tiro Guadalmedina, se inició dentro de las instalaciones de una de las galerías de tiro, siendo la causa directa la supuesta práctica negligente de este deporte por parte de los usuarios que ocupaban dichas instalaciones, según la investigación posterior.

   Presuntamente, los proyectiles impactaron sobre las piedras y provocaron chispas que prendieron la abundante vegetación, propagándose rápidamente al carecer de las condiciones exigidas por la legislación sobre prevención de incendios forestales, entre ellas un perímetro cortafuegos.

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