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Jueves 18/04/2024  

Málaga

Condenado por entrar y estar sin permiso en casa de la vecina por la que se sentía atraído

Aprovechando que ella había salido a comer, "accedió al domicilio de la mujer tras saltar de un balcón a otro"

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  • Ciudad de la Justicia de Málaga. -
  • La Audiencia de Málaga le condena a un año de prisión
  • Además, le impone la prohibición de acercarse a ella a menos de 500 metros y de comunicarse con la víctima durante dos años
  • Al acusado se le condena por un delito de allanamiento de morada en una sentencia que se dicta tras la "plena conformidad" mostrada por él

La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre a un año de prisión por entrar y estar sin permiso en el interior de la vivienda de una vecina, por la que se sentía atraído. Además se le impone la prohibición de aproximarse a la víctima en cualquier lugar en un radio de 500 metros y de comunicarse con ella durante dos años.

Los hechos sucedieron en julio de 2020. Según se declara probado en la sentencia, el acusado, "sintiéndose atraído por su vecina", que residía en el apartamento colindante y, aprovechando que ella había salido a comer, "accedió al domicilio de la mujer tras saltar de un balcón a otro".

Así, entró en la casa por la puerta de la terraza que la mujer no había cerrado y allí permaneció en el interior, "sin conocimiento ni consentimiento de aquella, campando a sus anchas hasta que fue sorprendido en su dormitorio por la mujer, que regresó antes de lo esperado".

Al acusado se le condena por un delito de allanamiento de morada en una sentencia que se dicta tras la "plena conformidad" mostrada por él personalmente y por su letrado defensor con el relato de hechos, la calificación jurídica, pena y demás responsabilidades solicitadas por el fiscal y la acusación particular.

Las partes llegaron a un acuerdo de conformidad por lo que se acordó convocar una comparecencia para ratificarlo, lo que ha supuesto que no haya sido necesario la celebración del juicio que inicialmente estaba previsto por el procedimiento de la Ley del Jurado.

Asimismo, en la resolución se le concede la suspensión de la pena de prisión por tiempo de dos años, beneficio sujeto a la condición de no volver a delinquir durante igual tiempo y a la de cumplir rigurosamente los deberes de no aproximación y comunicación con la víctima penas.

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