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Andalucía

Greenpeace: Junta y Gobierno no tienen excusas para no demoler El Algarrobico

Greenpeace ha celebrado como una "nueva victoria" el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que restablece la zona del hotel de El Algarrobico como espacio protegido no urbanizable

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Greenpeace ha celebrado hoy como una "nueva victoria" el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que restablece la zona del hotel de El Algarrobico como espacio protegido no urbanizable y ha considerado que la Junta y el Gobierno central "no tienen excusas para no demolerlo".

En declaraciones a Efe, la responsable de la campaña de Costas de Greenpeace, Pilar Marcos, ha subrayado que la propia sentencia apunta que "para corregir esta actuación no es necesario más que aplicar las medidas de disciplina urbanística establecidas en el artículo 38.1 del RD Legislativo 1/92".

Marcos ha asegurado que la mención de este artículo, que establece que las edificaciones incompatibles con el planeamiento deben ser demolidas sin indemnización, "no es casual" sino que es una forma de "decirle a las administraciones que se dejen de excusas".


Además, ha resaltado algunas de las expresiones y calificativos empleados en el fallo, como "mecanismo tan burdo" o "triquiñuela" para referirse al cambio de calificación del sector de El Algarrobico, lo que en opinión de Marcos deja en evidencia la postura "poco coherente" del Gobierno andaluz, que "dice una cosa ante los micrófonos y luego hace otra".

La representante de Greenpeace ha subrayado que las administraciones autonómica y central se han quedado "sin argumentos" para demoler el complejo hotelero, una edificación de veinte plantas y 411 habitaciones construida a escasos metros del mar en pleno Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.

La sentencia del TSJA, que estima un recurso de Greenpeace, ha anulado la calificación del sector de El Algarrobico establecida en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar de 2008 como zona C3, definida como "núcleos habitados preexistentes y otras zonas transformadas".

El Alto Tribunal andaluz ha establecido que el sector debe ser catalogado como zona C1 (área natural de interés general), como se establecía en el anterior PORN de 1994.

El alto tribunal había suspendido cautelarmente el PORN del 2008 al considerar que dejaba abierta la posibilidad de reactivar el hotel, una decisión que el Tribunal Supremo respaldó en una sentencia del pasado mes de septiembre al rechazar un recurso de la Junta de Andalucía.

Marcos ha recordado que el Supremo también estableció que el pasado mes de marzo que el hotel contraviene la Ley de Costas, al confirmar que la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre en el paraje de El Algarrobico es de 100 metros.

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