El tiempo en: Huelva

Provincia de Granada

El alcalde de Atarfe (PSOE) recurre el auto que le imputa por las licencias de Medina Elvira

En el recurso, la representación legal del regidor entiende que este auto no está "ajustado a derecho" y es "muy perjudicial" para los intereses de Ruiz Maeso

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

El alcalde de Atarfe (Granada), el socialista Tomás Ruiz Maeso, ha presentado un recurso de reforma contra el auto del Juzgado de Instrucción número 4 que lo sitúa a él, y a su antecesor en el cargo, Víctor Sánchez, a un paso del juicio oral por la concesión presuntamente irregular de las licencias de primera ocupación de la macrourbanización de Medina Elvira en el municipio, pese a que ni las viviendas ni las redes de saneamiento estaban terminadas.

   En la resolución recurrida, el magistrado Antonio Moreno transforma las diligencias abiertas en procedimiento abreviado y ve indicios de la comisión de los delitos de prevaricación urbanística, malversación de caudales públicos, estafa, y defraudación de fluidos eléctricos, por los que también imputa al arquitecto municipal Luis Gustavo G.C., el secretario del Ayuntamiento, José Antonio L.G., el representante legal de Bareo Investments y Vladigolf --la empresa propietaria de los terrenos--, Orfeo B.R, y los representantes legales de las promotoras Península Project, y Costaind y Costa Indálica, José G.V.L.G.L. y Marcelino M.D.F.

   En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, la representación legal del regidor entiende que este auto no está "ajustado a derecho" y es "muy perjudicial" para los intereses de Ruiz Maeso. Así, se apunta a la "inexistencia" del delito de prevaricación imputado, en tanto que las licencias se otorgaron con un informe técnico favorable del arquitecto municipal y las obras de conexión a los sistemas generales fueron garantizadas con la presentación de avales por parte de los promotores.

   Además, alega la defensa del alcalde que las licencias se concedieron "en atención única y exclusivamente a las familias que habitaban en la referida urbanización y que necesitaban de forma inmediata disponer" de la misma para "contratación de los servicios básicos".

   Señala su representación que tampoco existió en la conducta de Ruiz Maeso delito de malversación de caudales públicos, que se le atribuye en los avales entregados por la empresa Vladigolf "en aras a garantizar las obras de saneamiento", puesto que "no fue necesaria su ejecución habida cuenta de que Cajasur procedió al pago de las distintas certificaciones a la empresa contratista".

   En lo referido al delito de defraudación de fluido eléctrico, entiende la defensa que tampoco es posible puesto que las viviendas del residencial "están dotadas de servicio de agua a través de contrato de aguas para obras". "Por tanto, existiendo contrato, no puede hablarse nunca de defraudación, sino en todo caso de impago del referido servicio contratado, debiendo en este caso ser los tribunales del orden civil quienes solventen la cuestión objeto de controversia".

   También el representante legal de Bareo Investments y Vladigolf --la empresa propietaria de los terrenos--, Orfeo B.R, ha presentado recurso de reforma al ver igualmente "no ajustado a derecho" el auto de procedimiento abreviado, ya que, a juicio de su representación, no "acota" los hechos y las "concretas imputaciones", según el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press.

   A estos dos recursos Ecologistas en Acción, personado como acusación popular, ya ha formulado su oposición, porque "existen pruebas que confirman la existencia" de los delitos achacados a los imputados, que recuerda que, en el caso del alcalde y el exalcalde, "son funcionarios y autoridades públicas".

   Así, Ecologistas especifica que las licencias concedidas son contrarias a derecho, por varias razones, "incumplen la legislación referente a la concesión de licencias; el procedimiento ilegal de concesión constituye la cima y el hecho último de un cúmulo de irregularidades contrarias al ordenamiento jurídico, que los imputados han perpetrado de forma continuada y de forma desmedida; y se otorgaron de forma irregular porque, previamente, los imputados, contra el interés público y el buen ejercicio del cargo que ejercen, incumplieron el deber de obligar al promotor privado a cumplir con los deberes contraídos que le exige la ley". 

   "El proceder de los imputados ha legado al municipio una urbanización inacabada y fallida; una ciudad fantasma en ruinas y un campo de golf a merced de la desolación, con hierbajos hasta la cintura. No se  han concedido más licencias de primera ocupación porque los restantes bloques están inacabados y sin visos de que puedan ser terminados. La ruina de esos enormes bloques añade nuevas complicaciones al municipio y a la urbanización. Total, un asombroso negocio para unos pocos y una hipoteca inconmensurable para los ciudadanos", señala Ecologistas en su escrito de oposición, al que ha tenido acceso Europa Press.

EL AUTO RECURRIDO POR LOS IMPUTADOS

   En el auto recurrido ahora por los imputados, el juez considera que tanto Sánchez como Ruiz Maeso, "aprovechándose" de sus cargos municipales, concedieron "irregularmente" licencias de primera ocupación a diversas promotoras del complejo residencial, "favoreciendo y permitiendo a dichas sociedades" la venta de inmuebles urbanizables de Medina Elvira, "a sabiendas de que no contaban con los servicios mínimos para su ocupación y habitabilidad" entre 2008 y 2010.

   La irregularidad se constata, según se señala en el auto, en los expedientes , que carecían de la preceptiva documentación legalmente exigible, pues no tienen informe técnico y/o jurídico, o el existente "resulta desfavorable", de lo que tenía conocimiento tanto el secretario como el arquitecto municipales.

   Para el instructor, los propietarios de las viviendas resultaron "engañados" por las promotoras Bareo Investments, Vladigolf, Península Project Management S.L., Costaind S.A. y Costa Indalica S.A., ya que éstas procedieron a la venta de los pisos, "con pleno conocimiento de que las obras de ejecución no se encontraban finalizadas, ni dotadas las viviendas de los servicios necesarios para la ocupación y habitabilidad; apreciándose, por tanto, la concurrencia de engaño bastante para obtener un desplazamiento patrimonial a su favor, con ánimo de lucro".

   En lo que a la posible defraudación del suministro de agua se refiere, subraya que "únicamente se ha constatado que con el consentimiento o no de Aguasvira las viviendas del Plan Parcial SR-20 (residencial Medina Elvira), están dotadas de servicio de agua a través de contrato de aguas para obras, sin que exista contrato individual; sin saber si el suministro está siendo pagado por las promotoras, por el Ayuntamiento o por la EUC, pero en ningún caso se realiza abono alguno por los propietarios de las viviendas".

   Por este asunto declararon ante el juez tanto el exalcalde como el actual regidor, que el pasado 15 de octubre aludió a su desconocimiento en asuntos urbanísticos, y señalando que cuando las licencias de primera ocupación se concedieron tan solo llevaba dos meses al frente del Ayuntamiento.
Imprimir

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN