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Sábado 11/05/2024  

Ronda

Indemnizarán a la familia de un niño fallecido cuyo ataúd dañaron los operarios en el entierro

El TSJA sentencia que hubo responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento al entender probado los "daños morales a la familia". Ante decenas de personas que acudieron al entierro, los operarios municipales forzaron el féretro para que entrara en un nicho donde, finalmente y pese a los daños, no cupo

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  • Varios enterramientos infantiles en el cementerio municipal. -

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de Ronda a indemnizar con 15.000 euros a la madre de un niño de 18 meses que falleció en 2005, por el “daño moral” que el Alto Tribunal considera probado tras los hechos ocurridos durante el entierro del pequeño.
Corría el mes de mayo de 2005 cuando el niño, con tan sólo 18 meses, fallecía a consecuencia de múltiples crisis cardíacas tras sufrir una enfermedad de tipo cardiovascular. Al duelo de una familia que pasó muchos días en un Hospital de Málaga hasta que ocurrió la fatídica muerte, se acabó sumando una situación esperpéntica en el momento del entierro del pequeño, situación que fue realmente desagradable no sólo para los propios familiares, sino para las en torno a 300 personas que se dieron cita en el cementerio para acompañar a la familia, muy conocida y querida en Ronda.
Quienes estaban en el camposanto rondeño aquel día comprobaron atónitos cómo el ataúd donde reposaban los restos del niño no cabía en el nicho dispuesto para el enterramiento. Pero es que, para colmo de males, los operarios municipales encargados de la maniobra no sólo decidieron romper el nicho, según relataba la familia, sino que además procedieron a romper, a golpes, las patas del féretro, dañando éste, para intentar que entrase en el nicho, maniobra para la que también se utilizó la fuerza. Al final, el ataúd no entró: “Antes de todo eso, ya con todas las personas que nos acompañaban en el cementerio, mi hija, mi yerno y  yo vimos que allí no cabía el ataúd”, ha relatado a RONDA SEMANAL Aurelio, el abuelo del niño. Luis Candelas, abogado de la familia, precisó además que “un familiar que se encargó de hacer las gestiones con la funeraria, apuntó un día antes del entierro a los operarios que allí no cabría el féretro, pero se empecinaron en ello”, apuntó el abogado, quien matizó que “teniendo en cuenta que un entierro de un niño es ya una situación dramática, con todo lo ocurrido no sólo la familia sino todos los presentes se sintieron aviolentados y molestos”.
Y tal fue la situación que la propia Policía Local llegó a personarse en el entierro e incluso emitió un atestado con lo ocurrido.

NO PIDIERON PERDÓN

La familia no peleó en principio por ninguna cantidad económica. De hecho, tras ponerse en contacto con el referido abogado, se interpuso una reclamación previa a cualquier demanda de tipo administrativo. Y es que a los hechos narrados se sumó que, dado que el féretro no cupo en el nicho, el pequeño fue enterrado en otra zona de nichos, una zona alta cuando la familia había solicitado un enterramiento bajo: “Ellos se sintieron maltratados y ninguneados por estos empleados. Pero es que mantuvieron, según parece, alguna conversación con responsables municipales, pero nunca hubo una disculpa”. Ni la hubo en lo personal ni tampoco de forma oficial, puesto que la reclamación ni siquiera fue contestada. Entendiendo la familia la contestación negativa por silencio administrativo, se interpuso un contencioso, y fue entonces cuando se reclamó la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento “por un funcionamiento anormal de los servicios municipales”, precisó el abogado Luis Candelas. En primera instancia la demanda, de 30.000 euros por daños morales al padre y la madre del niño, no fue admitida. En segunda instancia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, admitió parcialmente la reclamación, puesto que sentenció el pago de 15.000 euros a la madre del niño tras entender acreditado, con informes psicológicos, que hubo un daño moral. No se admitió en el caso del padre.
La familia ha mostrado su satisfacción: “Queríamos que nos pidieran perdón, y ahora la Justicia nos ha dado la razón”, se felicitaba esta semana el abuelo del niño fallecido, con quien el pequeño se encontraba en el momento en que sufrió el ataque que acabó resultando mortal. Al parecer, el Ayuntamiento de Ronda ya habría hecho la provisión presupuestaria correspondiente para el abono de la cantidad a la familia, pese a que oficialmente debe esperarse a que los autos vuelvan al Juzgado de lo Contencioso que, en primera instancia, no atendió la reclamación. La sentencia ya ha sido notificada al Ayuntamiento. No obstante, será cuando el expediente sea devuelto cuando deba procederse a la indemnización; si el pago no se produce, los demandantes reclamarán la ejecución de la sentencia. Una sentencia que, siete años después, hace justicia con el dolor de esta familia rondeña.

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