La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha exonerado al anterior representante de la Consejería de Educación, Francisco Díaz Morillo del PSOE, al antiguo responsable de Recursos Humanos del mismo organismo, Luis Manuel S.A., y a Anaís Sara M.M., hija del director de Inspección Educativa de la Junta, de los cargos imputados por la contratación indebida de esta última en una posición para la cual no estaba calificada. Sin embargo, Carmen L.P., quien fuera líder del Servicio de Ordenación de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación en Sevilla, ha sido condenada por un crimen de arbitrariedad administrativa y otro de fraude documental relacionados con este asunto.
TaCarmen L.P. ha sido condenada por un delito de prevaricación y otro de falsedad en documento oficial,nto nuestro cliente como sus letrados estamos enormemente satisfechos con la finalización del proceso con la retirada de la acusaciónEn concreto, durante el juicio celebrado este lunes en la Audiencia de Sevilla, Carmen L.P. ha reconocido que fue ella quien allá por 2014 promovió el citado nombramiento siendo consciente de que la hija del jefe de Inspección Educativa de la Junta no cumplía las condiciones para ser profesora de los cuerpos docentes no universitarios para su adscripción al Comisionado del Polígono Sur.
Así, ha admitido los hechos que le achacaba la Fiscalía, según la cual esta jefa de servicio, "excediendo su competencia, propuso verbalmente el nombramiento en favor de Anaís Sara M.M., pese a conocer que no reunía los requisitos al no ser funcionaria de carrera docente no universitaria ni interina de alguna bolsa de trabajo de la Consejería de Educación", siendo la misma "hija de Alberto M.N., jefe de Inspección educativa de la Junta".
Según sus palabras, fue "el director de un centro" educativo quien le dio "el nombre" de Anaís Sara M.M., asegurando que ella se encargó de cumplimentar la documentación para "justificar" la designación y que el resto de acusados no tuvo ninguna "intervención" en los hechos.
Tras ello, Díaz Morillo ha expuesto en su comparecencia que él no se encargaba de tramitar este tipo de expedientes y que su firma estaba "escaneada y salía automáticamente" en la tramitación informática de los nombramientos, que fueron aproximadamente "5.400" en el mes en el que fue formalizada la designación, en septiembre de 2014. Él, según ha dicho, no participó "en nada" de esta designación.
Luis Manuel S.A., de su lado, ha explicado que su papel era tramitar por vía informática los expedientes que le trasladaban y que en este caso siguió el curso "ordinario como en el resto de casos", desconociendo si la agraciada con el nombramiento cumplía o no los requisitos porque tal extremo no era su labor.
La propia Anaís Sara M.M. ha dicho que tras ser convocada a la sede de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, Carmen L.P. no le habría comentado nada en materia de requisitos, con lo que que presumió que los cumplía al figurar en las listas provisionales de una convocatoria extraordinaria de bolsa de aspirante a interinidad.
LA DIRECTORA DEL CEPER DEL POLÍGONO SU AVALA SU TRABAJO
Ante ello, y tras escuchar a varios testigos, como la directora del Centro de Educación Permanente de Adultos del Polígono Sur, quien ha asegurado que Anaís Sara M.M. acudía a su puesto de trabajo y cumplía sus funciones de "coordinación" educativa en la zona, desempeñando "una labor muy favorable"; la Fiscalía y el sindicato Ustea han retirado su acusación respecto a Díaz Morillo, Luis Manuel S.A. y Anaís Sara M.M.
Según el fiscal, Díaz Morillo "desconocía" los términos del nombramiento y "no tenía la posibilidad de comprobarlos por los numerosos nombramientos" que acometía su departamento.
Además, el representante del Ministerio Público ha retirado respecto a Carmen L.P. uno de los dos delitos de prevaricación que le atribuía, admitiendo también la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas, ante lo cual ha modificado su acusación, rebajando su petición de pena para la misma a una multa de 360 euros y seis meses de suspensión de empleo y sueldo por un único delito de prevaricación y un año y medio de cárcel, una multa de 540 euros y un año de inhabilitación especial para cargo o empleo público por un delito de falsedad en documento oficial.
La acusada Carmen L.P. ha aceptado estas penas, solicitando su defensa la suspensión de la pena de cárcel mientras no delinca durante un periodo de dos años.
ABSUELTOS TRES DE LOS ACUSADOS
Ante ello, el tribunal ha declarado directamente la absolución de Díaz Morillo, Luis Manuel S.A. y Anaís Sara M.M. y la condena de Carmen L.P. a las penas solicitadas por la Fiscalía por un único delito de prevaricación y otro de falsedad en documento oficial; accediendo además a suspender su condena de cárcel mientras no incurra en nuevo delito durante dos años, una sentencia que la presidenta de la sala ha declarado firme de manera verbal.
En opinión del abogado del exdelegado territorial, Juan Carlos Alférez, de Constitución 23, estudio de litigación, "tanto nuestro cliente como sus letrados estamos enormemente satisfechos con la finalización del proceso con la retirada de la acusación".
"Siempre hemos defendido con vehemencia la inocencia de nuestro cliente y finalmente, tras un largo periplo, dicha inocencia ha sido finalmente confirmada. Al haberse dictado Sentencia absolutoria 'in voce' y manifestar las partes su intención de no recurrir, la presunción de inocencia deviene en declaración de inocencia plena al ser la Sentencia firme", ha destacado.
La familia de Díaz Morillo ha avisado de su lado de que la acusación en contra del mismo "nunca debería haber llegado" a juicio, alertando de una "persecución política" en la que no ha sido tenido en cuenta "el daño" humano provocado a lo largo de todos estos años. "No todo vale", recuerdan desde la familia del exdelegado territorial.