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La mujer que denunció al exjuez Serrano pide confirmar la sentencia tras ser "silenciada" por éste

La denunciante pone de manifiesto que el exmagistrado "ha gozado de todas las garantías constitucionales"

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La mujer que denunció al exjuez de Familia de Sevilla Francisco Serrano se ha opuesto a la petición de nulidad planteada por éste contra la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que lo condenó a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa al modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa.

   En un escrito elevado a la Sala Segunda del Supremo, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de la denunciante no sólo se opone a la petición de nulidad de la sentencia, sino que también pide que no se proceda a suspender la ejecución del fallo por el que se expulsa a Francisco Serrano de la carrera judicial, ya que la Ley "no lo considera procedente".

   La denunciante pone de manifiesto que el exmagistrado "ha gozado de todas las garantías constitucionales", ya que "ha podido aportar pruebas, ha podido interrogar a sus testigos y ha podido hacerse escuchar en todo momento". "En definitiva, ha podido disfrutar de aquellos derechos y garantías que negó siempre a la víctima de su injusto proceder, a quien silenció pudiendo fácilmente oírla", señala.

   "Quien entonces vulneró los derechos fundamentales" de la denunciante, "ahora acude" ante el Tribunal Supremo "esgrimiendo precisamente aquellos derechos para sí mismo", afirma, agregando que, en el escrito presentado por el exjuez, "nada hay que desvirtúe hasta la nulidad la actuación" del Supremo.

   Así, asevera que "examinados los autos, esta acusación particular ha podido comprobar que se han respetado todas las garantías y que hay abundante material probatorio para enervar el principio de presunción de inocencia" de Francisco Serrano, a lo que se suma que los hechos probados en el TSJA "son escrupulosamente respetados en el texto de la sentencia" del Supremo, "más allá de la impugnación de la semántica que realiza profusamente la defensa".

"FALTA DE RESPETO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA"

   De igual modo, dice que la defensa del exmagistrado "sigue ciñéndose a la prevaricación puntual de un documento concreto --propio de la prevaricación de funcionario-- y no en la acreditada doctrina de la prevaricación judicial de desarrollo fragmentado, cuyos hechos --conexos y concatenados-- fueron realizados por Serrano con grave falta de respeto a la Administración de Justicia".

   La Sala Segunda del Tribunal Supremo que condenó al exmagistrado ha decidido admitir a trámite el incidente de nulidad planteado por Francisco Serrano, quien asevera que la sentencia que lo expulsó de la carrera judicial incurre en "gravísimas irregularidades".

   En el escrito elevado al Supremo, Francisco Serrano hace referencia a la "conculcación de los derechos fundamentales de defensa, inmediación y contradicción" en que incurre la sentencia condenatoria suscrita por tres magistrados, "y que incluso son resaltadas por el voto particular de los otros dos magistrados componente de la Sala".

   El exjuez considera que el ponente "se convierte en juez y parte al subsanar el defecto" en que incurre la acusación particular ejercida por la madre del menor, pues "primero me defiendo de prevaricación dolosa y soy condenado en el TSJA de prevaricación culposa cuando nadie lo pedía, pues incluso el fiscal retiró la acusación, y al final tres magistrados del TS suplen la falta de pericia del abogado de la acusación para condenarme por prevaricación dolosa, de la que no me he podido defender en casación". 

   En segundo lugar, el exjuez señala que, "exclusivamente en este caso, la Sala ha obviado toda la reiterada y unánime doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Tribunal Constitucional y de la misma Sala,  que impide ir en contra del criterio de convicción del órgano de instancia". "No se puede condenar o agravar la condena en segunda instancia sin oír al acusado o practicar nuevas pruebas", mientras que, "curiosamente, a mí se me condena por no haber oído a la madre", subraya.

"TERGIVERSACIÓN" DE LOS HECHOS DECLARADOS PROBADOS POR EL TSJA

   De igual modo, y en tercer lugar, Serrano critica que "se pone de manifiesto que los tres magistrados que suscriben la sentencia de condena introducen nuevos hechos, a la vez que modifican y tergiversan los mismos hechos declarados probados por la sala del TSJA", todo ello "con el fin de justificar una intencionalidad dolosa --supuesto ardid para causar el perjuicio a la madre de estar un día separada de su hijo-- que había expresamente descartado la sala de instancia".

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