La juez Mercedes Alaya, que investiga posibles delitos societarios en la gestión de Mercasevilla, ha rechazado el archivo de la causa planteado por el exdirector general de esta sociedad mixta Fernando Mellet y le ha reprochado en un auto que planteara la posible imputación de su marido en la causa, algo que resulta "impertinente" y "contrario a la buena fe procesal".
Hay que recordar que el abogado de Mellet, José Manuel Carrión, pidió el archivo de la causa respecto de su cliente en un escrito en el que relataba una serie de consideraciones que "afectan a la imparcialidad objetiva de la instructora", pues consideraba que Alaya investigaba un período en el que tuvo incidencia la intervención del marido de la juez como auditor de las cuentas de Mercasevilla por la entidad KPMG.
En un auto dictado el pasado 24 de febrero, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla asevera que "ni siquiera en términos de defensa dicha alegación es admisible", pues "los hechos en los que se funda" fueron resueltos por la Audiencia Provincial el 9 de diciembre de 2010 en un auto en el que rechazaba la recusación planteada por la exresponsable del área económico-financiera de Mercasevilla Pilar Giraldo.
La defensa de esta imputada argumentó que el marido de la juez de Instrucción número 6 fue el auditor de la sociedad mixta hasta que la empresa decidió prescindir de sus servicios en verano de 2002, "lo que podría determinar que, aún sin su intención, pudiera haber perdido la imparcialidad en su actuar", pero la Audiencia rechazó dicho incidente de recusación y multó a la imputada "por apreciar temeridad o mala fe".
En este sentido, la juez Alaya rechaza las pruebas planteadas por el abogado de Fernando Mellet al entender que "resultan impertinentes y contrarias a la buena fe procesal" y que los hechos que se investigan "no guardan relación con la fecha de los documentos cuya incorporación solicita a la causa ni con el contenido de los mismos".
La juez rechaza el archivo de la causa solicitado por Fernando Mellet y confirma "el relato de hechos por los que fue inculpado en todos sus extremos" a la vista de las diligencias practicadas, señalando que su condición de funcionario público ya fue confirmada por la Audiencia Provincial en la causa del cohecho de Mercasevilla.
Por tanto, dicha condición "deja sin efecto la alegación de que los fondos manejados en Mercasevilla carezcan de la condición de fondos públicos, y por supuesto la alegación de prescripción".
A su juicio, "la presunta acción delictiva de alterar el resultado de las cuentas anuales de la que se considera autor es una acción continuada en el tiempo, que cesa en el año 2009 cuando es destituido, no habiendo transcurrido el plazo de prescripción ni siquiera del delito societario cuando se admite la querella por auto de 13 de mayo de 2010, fecha en la que de manera definitiva se dirige contra Mellet".