El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha declarado nulas dos cláusulas suelo aplicadas por Liberbank S.A., tratándose de la primera vez que esta entidad bancaria es condenada a devolver las cantidades abonadas indebidamente por tal concepto, así como a reajustar la cuota mensual que pagaban los defendidos por el despacho sevillano Guillén Abogados.
Este despacho ha informado en una nota de que, "otro hito significativo logrado durante el proceso contra la entidad bancaria, ha radicado en el ahorro de tiempo de casi un año en el total del proceso judicial".
A su juicio, esto último se ha logrado gracias a que el despacho apeló a un precepto de la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículo 428.3) que dispone que el tribunal "podrá dictar sentencia en los 20 días posteriores, siempre que las partes estén de acuerdo en los hechos y la discrepancia sea únicamente sobre cuestiones jurídicas".
La oposición de Liberbank a esta medida, por su parte, fue desestimada por el juez, "quien entendió que los documentos presentados por las partes bastaban para pronunciarse sobre el asunto, sin que la ausencia de vista produjera indefensión a la entidad".
Tampoco fue estimada la petición de prejudicialidad civil alegada por la entidad, como es la existencia de otra causa civil sobre el mismo asunto. Así, esta petición se fundamentaba en la demanda colectiva presentada por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) en el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en virtud de la cual la entidad pretendía la suspensión de la causa.
El juzgado sevillano, sin embargo, negó la posibilidad de suspender el asunto, ya que, como explica Fabiola Guillén, socia directora de Guillén Abogados, "el derecho a la tutela judicial efectiva que tiene cada ciudadano, no se puede ver coartado por una acción colectiva" como la que ha llevado a cabo Adicae.