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Sevilla

Uno de los imputados por la violación habla de causa inquisitorial

Critica las "prisas" del juez por cerrar la instrucción, denuncia su "absoluta indefensión" y pide que la denunciante declare de nuevo

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  • San Fermines

Uno de los cinco sevillanos investigados por la supuesta violación grupal de una joven de 18 años el pasado 7 de julio en Pamplona ha criticado las "prisas" del juez de Instrucción número 4 por concluir la instrucción de la causa y ha aseverado que si no se le permite llevar a cabo "una defensa digna y propia de un Estado de Derecho", este caso "se parecerá mucho a un procedimiento inquisitorial".

En un escrito elevado al Juzgado, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de J.E.D., Luis Romero, recurre el auto de conclusión de sumario dictado el pasado 17 de octubre por el instructor al haber coincidido el dictado del mismo con su personación como nuevo letrado del investigado "y sin que se hubiese dado traslado aún de la copia de las actuaciones".

En este sentido, el letrado manifiesta que el juez conoce "sobradamente" que todos los abogados "necesitamos un mínimo de tiempo para poder estudiar los cientos de folios que ocupan las actuaciones, visionar los vídeos que se ha negado el Juzgado a entregar mediante copia a las partes, y finalmente decidir qué diligencias de prueba se propondrían en la fase de instrucción".


Por todo ello, denuncia su "absoluta indefensión" teniendo en cuenta además "los delitos tan graves" por los que está procesado su patrocinado y "dadas las altas penas que han anunciado que solicitarán en su momento las acusaciones".

"PRISAS"

"Precisamente por este motivo no entendemos las prisas de su señoría, aunque estén privados de libertad los procesados, puesto que si no se les permite una defensa digna y propia de un Estado de Derecho, este procedimiento se parecerá mucho a un procedimiento inquisitorial", subraya Luis Romero en su recurso de reforma, consultado por Europa Press.

Asimismo, critica que el juez haya denegado la práctica de varias diligencias de prueba interesadas por las demás defensas que son "pertinentes", por lo que se adhiere a la solicitud de las mismas, ya que dichas diligencias de prueba testificales, periciales, documentales "servirán para aclarar los hechos realmente acontecidos y otras circunstancias relativas a la persona de la denunciante".

Al hilo de ello, el abogado solicita varias diligencias de prueba, como son que un médico psiquiatra y un catedrático de Medicina Legal designados por la defensa examinen a la denunciante a fin de emitir su correspondiente informe pericial, para lo que antes deberán visionar los vídeos relativos al día de los hechos.

De igual modo, solicita al juez que cite de nuevo a declarar a la denunciante "para que, en base al principio de contradicción de partes, pueda ser interrogada por esta defensa, ya que no se le ha permitido a las anteriores defensas estar presente cuando se le tomó declaración, a pesar de haber reiterado este diligencia de prueba".

DERECHO DE DEFENSA

El letrado señala que "se nos podría decir que esas pruebas, o algunas de ellas, se pueden solicitar en nuestro escrito de conclusiones o en el juicio, pero esta defensa necesita y pide que se lleven a cabo en la fase de instrucción porque para eso está esta etapa procesal, para que los investigados puedan demostrar su inocencia y cualquier clase de circunstancia modificativa de la responsabilidad penal así como cualquier circunstancia relacionada con los hechos y con las personas involucradas en los mismos".

"El juez de Instrucción debe investigar de oficio o a petición de las partes personadas, y no sólo a instancias de las acusaciones", asevera el abogado, que confía en que el juez "sabrá entender las razones de esta defensa y acordará dichas diligencias de prueba estimando previamente este recurso, que es de justicia y que nos vemos obligados a presentar en base al derecho de defensa y a un proceso con todas las garantías, así como el derecho a que se practiquen todas las pruebas que sean pertinentes", de acuerdo con el artículo 24 de la Constitución.

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