El Pleno del Ayuntamiento prevé aprobar mañana los criterios para el abono de productividad del personal funcionarial, de acuerdo a lo establecido en el vigente Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal Funcionarial municipal.
La propuesta que se debatirá indica que el reconocimiento del complemento de productividad se producirá en el caso del ejercicio de funciones de otro puesto de trabajo que, de realizarse habitualmente, comportaría el derecho a devengar las retribuciones correspondientes tales como ausencias transitorias del titular, incapacidad temporal de baja duración o disfrute de días optativos, vacaciones, asistencia a cursos o similares; el ejercicio excepcional y temporal de funciones de superior categoría, siempre que el fincionario reúna los requisitos de titulación; la asignación temporal de funciones a través de las figuras de la comisión de servicios o atribución temporal de funciones; el incremento cuantitativo o cualitativo, sustancial, temporal e individual o grupal de funciones respecto a las previstas para su puesto de trabajo; la secretaría, intervención o tesorería delegada de organismo autónomo; y la propuesta o desarrollo de una actividad o iniciativa individual que pueda calificarse como excepcional de acuerdo a la normativa.
El procedimiento señala que podrá iniciarse de oficio por el Área de Personal o a petición razonada de parte, pudiendo ser los interesados los responsables de unidad organizativa, organización sindical o la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Regulador. Con carácter mensual se dará cuenta a las secciones sindicales de la relación de solicitudes y resumen de la causa que lo origina.
La productividad se cuantificará en base a la diferencia de retribuciones complementarias de ambos puestos en la RPT; el resto, según la causa que la genera.