El teniente de alcaldesa de Economía, Hacienda y Planes Especiales, Santiago Galván, ha explicado que en la reunión mantenida el pasado lunes con la Plataforma provincial y vecinal del vado se les informó del documento jurídico que avala los procedimientos realizados por los servicios tributarios de la Diputación de Cádiz así como de la voluntad de crear un órgano de seguimiento donde se pueda analizar la situación, cumpliendo de esta manera el acuerdo plenario alcanzado el pasado 28 de enero.
Galván matiza que el “Ayuntamiento no puede adoptar acuerdos plenarios en contra del derecho vigente tal y como pretendía la Plataforma. El presidente de la misma nos informa en la reunión que ya conocía este documento jurídico y que lo que pretendía era que la 'voluntad política' les diera la razón para evitar acudir a los tribunales. Evidentemente ni este Gobierno ni, por supuesto, el Pleno municipal puede adoptar acuerdos que vayan contra el derecho vigente”.
El teniente de alcaldesa incide en el hecho de que “el documento avala expresamente que los procedimientos realizados por la Diputación son perfectamente válidos y no se dan los motivos para considerar nulos de pleno derecho los actos de liquidación de la tasa. No se puede pretender, por tanto, que se propongan anulaciones de actos administrativos sin el respaldo técnico jurídico. Si los informes son contrarios a las tesis defendidas por la Plataforma no pueden pretender que llevemos al Pleno municipal una propuesta en contra de lo que dicten las leyes. No se trata de una cuestión de oportunidad sino de una materia perfectamente reglada en nuestro ordenamiento jurídico tributario y no se puede pretender que el Pleno acuerde algo en contra del derecho vigente”, concluye el teniente de alcaldesa.
El motivo de la reunión del pasado lunes era preparar la convocatoria formal para la constitución del órgano de seguimiento de las actuaciones que se recogían en el acuerdo plenario del pasado 28 de enero. Como se recordará este acuerdo pedía la anulación de los procedimientos de cobro de vados realizados por la Diputación de Cádiz por indicación del Ayuntamiento en el año 2008.
En dicha reunión se entrega a la Plataforma un informe emitido por el departamento de asistencia técnico jurídica del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria y se les hace entrega de una copia con las sentencias que lo acompañan. El informe entiende que no hay motivo para considerar nulos de pleno de derecho los actos de liquidación de la tasa, aludiendo a sentencias de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz y Jerez y citando incluso una sentencia de la Audiencia Nacional donde se describen los requisitos para que un acto administrativo sea nulo de pleno derecho.